Sociedad y Derecho: las reglas que no ves
El marco de la unidad
- Bloc 1: el Derecho como marco regulador de la convivencia, sociedad y poder.
- Bloc 1: conceptos jurídicos básicos y fuentes del derecho.
- Bloc 1: las disciplinas jurídicas y sus efectos sobre la vida de las personas.
- Investigar el ordenamiento jurídico estatal y autonómico con fuentes fiables.
- Apreciar los valores de libertad, justicia e igualdad en la vida en sociedad.
- Emplear un lenguaje jurídico correcto y no discriminatorio.
Un tribunal que lleva mil años dictando sentencias sin escribir ni una
Todos los jueves, hacia las doce, ocho hombres con blusón negro se sientan delante de la Puerta de los Apóstoles de la Catedral de València. Son los síndicos de las acequias de la Vega. Quien acusa habla, quien se defiende responde, y los síndicos dictan sentencia allí mismo, en minutos. No hay abogados, ni escritos, ni acta. La sentencia no admite recurso. Y se cumple.
¿Por qué obedece la gente a un tribunal que no tiene policía, ni archivo, ni papeles?
El Derecho como marco de la convivencia
Conflicto, poder y un procedimiento aceptado
Donde hay dos personas y un recurso que las dos quieren, hay conflicto. Con muchas personas y decisiones que afectan a todos hace falta un procedimiento aceptado para decidir, y una manera de que la decisión se cumpla aunque a alguien no le guste. Pero el problema no es solo el conflicto: es el poder. El Derecho también nace para someter a reglas conocidas a quien puede imponerse a los demás.
Un Estado es de Derecho no cuando tiene muchas leyes, sino cuando el propio poder está sometido a ellas.
Cuatro clases de norma, una diferencia decisiva
| ¿Quién la crea? | ¿Qué pasa si la incumples? | ¿Fuerza pública? | |
|---|---|---|---|
| Jurídica | El poder público, por un procedimiento reglado | Sanción prevista de antemano | Sí, por órganos del Estado |
| Moral | La propia conciencia | Remordimiento, reproche interno | No |
| Uso social | El grupo, sin procedimiento | Desaprobación, exclusión del grupo | No |
| Religiosa | Una confesión y sus textos | Consecuencia espiritual o comunitaria | No, en un Estado aconfesional |
La diferencia no está en la importancia ni en la justicia del contenido, sino en quién responde y con qué.
Coercibilidad
Es la posibilidad de imponer el cumplimiento de una norma mediante la fuerza legítima del Estado. Es el rasgo que distingue a la norma jurídica de las demás: no que se cumpla siempre, porque muchas se incumplen, sino que es exigible por un aparato público si hace falta. Coercible no es lo mismo que coactivo: casi todo el Derecho funciona sin que nadie use la fuerza, basta con que exista la posibilidad.
Que algo sea legal no significa que sea justo, y que te parezca injusto no lo convierte en ilegal.
Cuatro palabras para todo el curso
Quién puede ser titular de derechos
Cómo se lee una norma: el artículo 1902
«El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado.» En una sola línea están las tres piezas: el supuesto de hecho, la consecuencia jurídica y el derecho subjetivo de la víctima a exigirla. Ese artículo sostiene toda la responsabilidad civil española.
Con cuatro conceptos ya puedes leer cualquier norma y entender qué te está diciendo.
De dónde salen las normas
Las fuentes, y el orden no es casual
- La ley: la norma escrita aprobada por el poder público. Es la fuente principal y desplaza a las demás.
- La costumbre: solo se aplica en defecto de ley aplicable, y quien la invoca tiene que probarla.
- Los principios generales del derecho: en defecto de ley y costumbre, pero informan todo el ordenamiento.
- La jurisprudencia no es fuente: el Tribunal Supremo complementa el ordenamiento, no crea Derecho.
El Derecho de la Unión y el valenciano no son escalones de la pirámide: se relacionan por primacía y por competencia.
Cinco normas escritas, cinco procedimientos
| Norma | Quién la aprueba | Cuándo |
|---|---|---|
| Ley orgánica | El Congreso, por mayoría absoluta | Materias reservadas por la Constitución |
| Ley ordinaria | Las Cortes Generales | El resto de materias estatales |
| Decreto-ley | El Gobierno | Urgencia; el Congreso debe convalidarlo |
| Decreto legislativo | El Gobierno | Cuando las Cortes le delegan hacerlo |
| Reglamento | El Gobierno o la Administración | Para desarrollar una ley, nunca contra ella |
Un reglamento que contradice una ley es nulo, y un juez puede inaplicarlo.
Primacía y competencia no son jerarquía
- No es un escalón por encima de la ley: funciona por primacía.
- Si una norma española contradice una europea aplicable, el juez deja de aplicar la española.
- Los reglamentos se aplican directamente; las directivas obligan a alcanzar un resultado.
- No está por debajo del estatal: funciona por competencia.
- La Constitución y el Estatut reparten materias; en las suyas manda la ley valenciana.
- Cuando hay choque, decide el Tribunal Constitucional, no la jerarquía.

Una ley valenciana regula una materia que el Estatut atribuye a la Comunitat, y una ley estatal dice lo contrario. ¿Cuál se aplica?
- ALa estatal, porque el Estado está por encima de la Comunitat
- BLa valenciana, si la materia es competencia suya; el choque lo decide el Constitucional
- CLa que se haya publicado más tarde
- DNinguna: hay que esperar a que el Gobierno derogue una de las dos
Solución: B.No hay jerarquía entre ellas, hay reparto de competencias. Una ley de Les Corts no es inferior a una estatal: rige donde le toca, y quien resuelve el conflicto es el Tribunal Constitucional.
La costumbre, que sigue viva
Suena a pieza de museo y es derecho vigente. Para aplicarse necesita tres cosas: una práctica repetida, que quienes la siguen la sientan obligatoria, y que no haya ley aplicable que diga otra cosa. Además no puede ser contraria a la moral ni al orden público, y quien la invoca tiene que probarla.
El ordenamiento del Estado reconoce la validez de un derecho que él no ha escrito.

Las ramas del Derecho
La frontera entre público y privado no es una pared: el Derecho laboral vive justo encima de ella.
Quién es parte, y en qué posición
El Derecho público regula las relaciones en las que el poder público es parte y actúa como tal; el privado, las relaciones entre particulares en pie de igualdad. Cuando el ayuntamiento te multa, actúa con poder público: es Derecho administrativo. Cuando el mismo ayuntamiento te alquila un local, negocia como cualquier arrendador: ahí hay Derecho civil.
No es el tema lo que decide la rama. Es la posición desde la que actúa cada parte.
Un repartidor atropella a un peatón mientras trabaja
El ordenamiento no responde una sola vez. Sobre el mismo hecho pueden abrirse cuatro vías distintas, con órganos distintos y a la vez, porque las respuestas del Derecho están separadas aunque los hechos no lo estén.
- Penal: si hubo imprudencia grave, delito de lesiones imprudentes.
- Civil: la víctima reclama la indemnización del daño (art. 1902 CC).
- Administrativo: Tráfico sanciona la infracción y detrae puntos.
- Laboral: si el repartidor se lesiona, es accidente de trabajo.
La pregunta¿Puede la empresa quedar al margen de las cuatro vías? ¿En cuáles responde también ella, y por qué?
Los valores que sostienen el ordenamiento
España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político. No son adorno de preámbulo: son criterio de interpretación y de validez, y una norma que los contradiga puede ser declarada inconstitucional.
Cuando el Tribunal Constitucional anula una ley, casi siempre dice que choca con alguno de ellos.
Estado social y democrático de Derecho
Por qué se obedece a los síndicos
Porque la costumbre es fuente del derecho reconocida por el artículo 1 del Código Civil, porque la Ley Orgánica del Poder Judicial reconoce expresamente ese tribunal y porque sus resoluciones son ejecutables. Pero funciona sobre todo porque los regantes lo consideran suyo. Un ordenamiento sostenido solo por el miedo a la sanción sería carísimo e inestable.
Esa es la diferencia entre obedecer y acatar, y es el hilo que recorre las ocho unidades que vienen.
Antes de cerrar la unidad
- Sabrías explicar por qué existe el Derecho y qué significa que el poder esté sometido a él.
- Sabrías distinguir la norma jurídica de la moral, el uso social y la religiosa por su coercibilidad.
- Sabrías enumerar las fuentes del artículo 1 del Código Civil y situar una norma en la jerarquía.
- Sabrías separar jerarquía, primacía europea y competencia autonómica sin mezclarlas.
- Sabrías decir qué rama del Derecho responde a un hecho concreto, y por qué pueden ser varias.
Hasta aquí la teoría
Continúa en el libro de la unidad.