Bloc 7

Delito, multa y rastro digital: penal, administrativo y ambiental

El Estado puede castigarte de dos maneras muy distintas, vigilarte con límites y protegerte de un daño que nadie causa solo. Esta unidad reúne las tres ramas en las que el poder público actúa sobre tu conducta, y las garantías que tienes frente a cada una.
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A qué responde esta unidad

El marco de la unidad

Saberes básicos
  • Bloc 7: la actividad criminal y el Derecho penal, principales delitos.
  • Bloc 7: Derecho administrativo, actuación ante la Administración, multas y sanciones.
  • Bloc 7: Derecho y TIC, identidad digital, protección de datos y ciberseguridad.
  • Bloc 7: reto del cambio climático, protección del medio ambiente y derecho ambiental.
Competencias específicas
  • Reconocer y denunciar de forma argumentada los ataques a los valores democráticos.
  • Usar de forma responsable y segura las TIC, valorando riesgos personales y jurídicos.
  • Investigar el ordenamiento jurídico estatal y autonómico con fuentes fiables.
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El caso

Dos mil mujeres mayores demandaron a Suiza por no reducir sus emisiones

Una asociación suiza de mujeres de edad avanzada sostuvo que las olas de calor las afectaban de manera especialmente grave por su edad, y que su Estado no hacía lo suficiente. Agotada la vía interna, llevaron el caso al Tribunal de Estrasburgo. No invocaron ningún artículo sobre el clima, porque el Convenio de 1950 no tiene ninguno: invocaron el artículo 8, la vida privada y familiar.

¿Puede un tribunal obligar a un Estado a bajar sus emisiones?

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§1

El Derecho penal

De todas las herramientas del poder público es la más dura, y por eso la más limitada.
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Artículo 25 CE

Nullum crimen, nulla poena sine lege

No hay delito ni pena sin una ley previa, escrita, cierta y estricta. Ninguna conducta puede castigarse si no estaba descrita como delito antes de cometerse, ni por analogía con otra parecida, ni por costumbre. Es el principio de legalidad penal, y es la garantía más antigua y más importante que tiene cualquiera frente al poder de castigar.

Lo que la ley no describió antes, no se castiga después. Aunque a todo el mundo le parezca reprobable.

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Intervención mínima

El Derecho penal es la última ratio

Muchas conductas reprobables no son delito porque el legislador ha decidido que basta con una sanción administrativa, una indemnización civil o, sencillamente, con la reprobación social. Reservar el instrumento más duro para lo más grave no es indulgencia: es lo que permite que el instrumento siga siendo excepcional y, por tanto, tomado en serio.

Que algo no sea delito no significa que esté bien.

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Hacen falta las tres a la vez

Qué convierte una conducta en delito

Tipicidad
La conducta encaja exactamente en la descripción legal. Si no encaja, no hay delito por muy grave que parezca.
Antijuridicidad
Es contraria al ordenamiento y no está amparada por una causa de justificación como la legítima defensa.
Culpabilidad
Se le puede reprochar a quien la cometió, porque podía comprender lo que hacía y actuar de otro modo.
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Dos formas de cometerlos

Dolo e imprudencia no se castigan igual

El dolo implica querer el resultado o aceptarlo. La imprudencia consiste en causarlo por infringir un deber de cuidado. La diferencia no es menor: la imprudencia solo se castiga cuando la ley lo prevé expresamente, y con penas mucho menores. Por eso no todo daño causado sin querer llega siquiera a los tribunales penales.

Y las penas no son solo prisión: también inhabilitación, alejamiento, trabajos en beneficio de la comunidad y multa.

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Aviso práctico

Las faltas ya no existen

Desaparecieron del Código Penal en 2015. Lo que antes eran faltas se repartió en dos direcciones: una parte pasó a ser delito leve, con tramitación más rápida pero todas las garantías penales, y otra salió del Código Penal para convertirse en infracción administrativa. Hoy las infracciones penales se clasifican en graves, menos graves y leves.

Si alguien te dice que algo «es una falta», está usando una categoría derogada hace diez años.

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Un mapa mínimo

Los delitos que más vas a oír

  • Contra la vida y la integridad: homicidio y lesiones.
  • Contra la libertad: amenazas, coacciones y acoso. Y contra la libertad sexual.
  • Contra el patrimonio: hurto, robo, estafa y daños.
  • Contra la seguridad vial y contra la Hacienda pública, que viste en la unidad anterior.
  • Contra la intimidad: incluye difundir imágenes íntimas obtenidas con consentimiento pero divulgadas sin él.
  • Delitos de odio: fomentar el odio o la violencia contra grupos por su origen, religión, orientación o discapacidad.
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Menores de dieciocho

No responden conforme al Código Penal, pero responden

Desde los catorce años se aplica la ley de responsabilidad penal del menor, con juzgado especializado, un fiscal que instruye y un equipo técnico que informa sobre su situación personal y educativa. Por debajo de catorce no hay responsabilidad penal: intervienen los servicios de protección. Y lo que se impone no son penas, sino medidas.

Libertad vigilada, tareas socioeducativas, prestaciones en beneficio de la comunidad, internamiento. La finalidad que declara la ley es educativa.

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§2

El Derecho administrativo

Si el penal es el más grave, este es con enorme diferencia el más frecuente.
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El rasgo que incomoda al verlo

La Administración decide y ejecuta por sí misma

Una beca, una multa de tráfico, una licencia de obra, una plaza de instituto y un expediente sancionador son todos actos administrativos. Sus actos se presumen válidos desde que se dictan y pueden ejecutarse sin que un juez los confirme antes. La compensación es que están sometidos a un procedimiento reglado y a control judicial posterior.

Ese control posterior es toda la garantía. Por eso los plazos para recurrir importan tanto.

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El gráfico

La misma conducta puede recorrer dos caminos. Lo que cambia no es la gravedad, sino quién decide y con qué garantías.

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Dos vías, dos lógicas

Multa y condena no se diferencian solo por el importe

Vía penalVía administrativa
Quién decideUn juez, tras un proceso con garantíasLa propia Administración, con procedimiento reglado
Qué puede imponerPrisión, multa, inhabilitación, trabajosMulta, retirada de licencia, clausura. Nunca prisión
Qué dejaAntecedentes penalesNingún antecedente penal
DespuésRecursos ante tribunales superioresRecurso administrativo y luego contencioso

Nadie puede ser castigado dos veces por el mismo hecho con el mismo fundamento: si aparece un delito, el expediente se para.

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Cómo funciona

Qué hacer cuando te llega una multa

  1. Notificación con los hechos, la norma infringida, el importe y el plazo. Si no está motivada, ya tienes un motivo de recurso.
  2. Pronto pago: pagar en el plazo corto reduce el importe, pero implica renunciar a recurrir.
  3. Alegaciones por escrito con las pruebas que tengas. La Administración debe contestar de forma motivada.
  4. Resolución, que confirma, modifica o archiva el expediente.
  5. Recurso administrativo: reposición ante el mismo órgano o alzada ante el superior. Gratis y sin abogado.
  6. Vía contencioso-administrativa: agotada la vía anterior, decide un juez ajeno a la Administración.
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Qué pasa si no contestan

El silencio administrativo, y sus dos caras

En los procedimientos que inicias tú, la regla general es el silencio positivo: se entiende estimada tu solicitud, aunque hay muchas excepciones legales. En los que inicia la propia Administración, como un expediente sancionador, el silencio no puede jugar en tu contra: lo que ocurre es que el expediente caduca.

En ningún caso el silencio libera a la Administración de su deber de resolver. Sigue obligada a contestar, aunque conteste tarde.

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Artículo 25.3 CE

Por qué una multa nunca puede acabar en cárcel

La Administración civil no puede imponer sanciones que impliquen, directa o subsidiariamente, privación de libertad. Es una decisión histórica muy consciente: en etapas anteriores los gobernadores civiles imponían arrestos gubernativos sin juicio ni juez. La Constitución de 1978 cerró esa puerta y reservó la libertad a la decisión judicial.

Por alta que sea la multa, no se convierte en días de cárcel: se cobrará por vía de apremio, embargando bienes o cuentas.

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Comprueba que lo has pillado

Recibes una multa de tráfico que consideras injusta y ves que pagando en veinte días te ahorras la mitad. ¿Qué implica pagar?

  1. ANada, siempre puedes recurrir después
  2. BRenunciar a recurrir, porque el pronto pago cierra el expediente
  3. CQue la sanción se convierta en penal si reincides
  4. DQue se anulen los puntos retirados

Solución: B.La reducción por pronto pago es una rebaja a cambio de aceptar la sanción. Si de verdad crees que la multa es injusta, el camino es alegar y, si hace falta, recurrir: es gratis y no necesitas abogado.

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§3

Derecho y tecnología

Tu identidad digital no es un doble tuyo. En muchos aspectos es un perfil más detallado del que tú escribirías.
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Un reglamento europeo, aplicado aquí

El RGPD no necesitó trasposición

Se aplica directamente en toda la Unión desde 2018 —es un reglamento, como viste en la unidad 2— y la ley orgánica española lo completa con un catálogo de derechos digitales. Protege el conjunto de rastros que dejas: perfiles, publicaciones, ubicaciones, búsquedas, compras y horarios de conexión.

En España el consentimiento para tratar datos de menores puede prestarlo el propio menor desde los catorce años.

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Todos son exigibles

Los principios que rigen cualquier tratamiento de datos

  • Licitud: hace falta una base legal, sea tu consentimiento, un contrato, una obligación legal o un interés legítimo.
  • Limitación de la finalidad: lo recogido para una cosa no se usa para otra distinta sin más.
  • Minimización: solo los datos necesarios. Un gimnasio no necesita tu huella para saber si has entrado.
  • Exactitud y plazo: datos correctos, y no conservados eternamente.
  • Responsabilidad proactiva: quien trata datos debe protegerlos y poder demostrar que cumple.
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El gráfico

Los seis derechos, con la frase que realmente escribirías en cada caso, y el procedimiento completo debajo.

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Cámara de videovigilancia instalada en la esquina de un edificio, apuntando a la calle.
La cámara puede ser tuya, las imágenes no
Grabar trata datos personales, así que exige una base que lo justifique, un cartel que avise y un plazo para borrar.
Foto: Holzklöppel, CC BY-SA 4.0 vía Wikimedia Commons
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Qué son jurídicamente

Cuatro fraudes digitales que vas a ver

Todos circulan a diario y todos tienen un nombre jurídico preciso, que es lo que decide adónde se acude y qué se puede pedir. Ante cualquiera de ellos existe el teléfono gratuito 017 del INCIBE, que orienta sin necesidad de denunciar primero.

  • Phishing: es estafa, y a menudo también usurpación de identidad.
  • Suplantación en redes: delito contra la intimidad, el honor o estafa.
  • Difundir imágenes íntimas sin permiso: castigado expresamente.
  • Ciberacoso: tiene su propio tipo penal y activa el protocolo del centro.

La pregunta¿Qué es lo primero que hay que hacer, antes incluso de decidir si se denuncia o no?

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§4

Derecho ambiental

El artículo 45 hace tres cosas en tres líneas: reconoce un derecho, impone un deber y anuncia sanciones.
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Muy marcado por el Derecho europeo

Los cuatro principios sobre los que se construye

  • Prevención: es mejor evitar el daño que repararlo, porque muchos daños ambientales son irreversibles.
  • Precaución: ante un riesgo grave, la falta de certeza científica absoluta no justifica no actuar.
  • Quien contamina, paga: el coste lo soporta quien lo genera, no el conjunto de la sociedad.
  • Desarrollo sostenible: satisfacer las necesidades presentes sin comprometer las de quienes vienen.
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Un problema jurídico nuevo

Un daño que nadie causa solo

El daño climático no lo causa nadie en concreto, sus efectos aparecen lejos y tarde, y las víctimas incluyen a personas que todavía no han nacido. Todo el Derecho de daños de la unidad 4 está pensado para lo contrario: un causante identificable, un perjudicado concreto y un daño presente. La respuesta ha llegado por dos caminos a la vez.

Tratados y leyes —París, el paquete europeo, la ley española de 2021— y, algo que casi nadie esperaba, los tribunales.

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Sala de vistas vacía del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Estrasburgo, con el estrado en semicírculo.
Donde se resolvió el caso de esta unidad
En abril de 2024 la Gran Sala declaró que una protección climática insuficiente puede vulnerar el artículo 8 del Convenio.
Foto: Adrian Grycuk, CC BY-SA 3.0 pl vía Wikimedia Commons
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Urgenda, Países Bajos

Cuando ganar un pleito cambió la política energética de un país

En 2015 una fundación neerlandesa demandó a su propio Estado por no reducir suficientemente sus emisiones, y en 2019 el Tribunal Supremo confirmó la condena con un porcentaje y una fecha concretos. Fue la primera vez que un tribunal ordenó a un gobierno un objetivo climático, y abrió la vía que hoy se llama litigación climática.

El argumento es elegante por lo poco novedoso: no se invoca un derecho al clima, sino derechos clásicos aplicados a un riesgo nuevo.

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Vuelve al caso

Un tribunal puede condenar a un Estado, pero no gobernar en su lugar

Estrasburgo no fijó las toneladas que Suiza debe dejar de emitir. Declaró que el artículo 8 obliga al Estado a dotarse de un marco normativo adecuado frente al cambio climático, y que Suiza no lo tenía. Qué medidas concretas adoptar sigue siendo decisión del legislador suizo, que es donde reside la soberanía, exactamente como viste en la unidad 3.

El mismo día se inadmitieron otras dos demandas por no agotar la vía interna. Las reglas procesales son la puerta: si te equivocas, no llegas al fondo.

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Repasa

Antes de cerrar la unidad

  • Sabrías explicar la legalidad penal y por qué el Derecho penal es la última ratio.
  • Sabrías separar la vía penal de la administrativa por quién decide y qué puede imponer.
  • Sabrías recorrer una multa desde la notificación hasta el contencioso, sin perder plazos.
  • Sabrías decir qué exige el RGPD a quien tiene datos tuyos y qué puedes pedirle.
  • Sabrías explicar los cuatro principios ambientales y qué puede y qué no puede hacer un tribunal.
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Hasta aquí la teoría

Continúa en el libro de la unidad.

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