Recurso interactivo · Unidad 2

Comparador de formas jurídicas

Responsabilidad, capital mínimo y tributación de autónomo, comunidad de bienes, S.L. y cooperativa, con el beneficio a partir del cual el tipo fijo cuesta menos que la escala progresiva.

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Elegir forma jurídica es responder a tres preguntas: con qué patrimonio respondes, cuánto capital hace falta y cómo tributa el beneficio. Las dos primeras las fija la ley; la tercera depende de cuánto ganes.

Las cuatro formas básicas
FormaResponsabilidadCapital mínimoSocios mínimosEl beneficio tributa por
Empresario individual (autónomo)Ilimitada: respondes con tu patrimonio personalSin mínimo legal1IRPF del titular (escala progresiva)
Comunidad de bienesIlimitada: respondes con tu patrimonio personalSin mínimo legal2IRPF del titular (escala progresiva)
Sociedad limitadaLimitada al capital aportado1 € (Ley 18/2022; hasta 3.000 € hay reglas de reserva y responsabilidad)1Impuesto de Sociedades (tipo fijo)
Cooperativa de trabajoLimitada al capital aportadoSin mínimo legal2Impuesto de Sociedades (tipo fijo)
Escala progresiva frente a tipo fijo
Este tipo es un dato que introduces tú, no una constante de la herramienta: el tipo general y los regímenes reducidos para entidades pequeñas cambian de un ejercicio a otro. Consulta el vigente en la Agencia Tributaria antes de usar el resultado para algo que no sea clase.
Con la escala de IRPF10.502 €
Con el tipo fijo10.000 €
Tipo medio IRPF26,3 %
A este beneficio, la sociedad paga menos Diferencia: 502 €
El punto de corte

Por encima de este beneficio, el tipo fijo cuesta menos que la escala: 35.821 €

Cuota según el beneficio
Con la escala de IRPF Con el tipo fijo
Lo que esta comparación no dice Solo compara cómo tributa el beneficio, y con la escala estatal del IRPF: no incluye la mitad autonómica, ni la cuota de autónomos, ni el sueldo que el socio puede cobrarse de su propia sociedad, ni los costes de constituir y mantener una sociedad. En la práctica la fiscalidad casi nunca es la razón principal para elegir: la responsabilidad lo es.
La pregunta que decide Antes de mirar impuestos: ¿la actividad puede generar una deuda o un daño mayor que lo que aportas? Si la respuesta es sí —manipulas alimentos, tienes local abierto al público, contratas personal—, limitar la responsabilidad pesa más que cualquier diferencia de tipo.
Cómo se calcula
  • Escala progresiva: cada tramo se aplica solo a la parte del beneficio que cae dentro de él, no al total. Por eso el tipo medio siempre es menor que el marginal.
  • Punto de corte: el beneficio en el que la cuota de la escala iguala a beneficio × tipo fijo. Por debajo gana la escala, por encima gana el tipo fijo.

↗ Herramienta interactiva disponible en la versión digital del libro (profedeeconomia.es).

Cuándo usarla

  • En la Unidad 2, al llegar a los criterios de elección de forma jurídica: la tabla ordena lo que la ley fija y la calculadora resuelve lo que depende del beneficio.
  • Para responder a la pregunta que siempre sale en clase: «¿y qué paga menos impuestos?». La respuesta honesta es «depende de cuánto ganes», y aquí se ve dónde está el corte.
  • Al preparar un caso práctico de creación de empresa, antes de justificar la forma elegida en el documento del proyecto.

Qué tener en cuenta

  • El tipo del Impuesto de Sociedades es un dato que se introduce, no una constante de la herramienta. El tipo general y los regímenes reducidos para entidades de reducida dimensión cambian de un ejercicio a otro, y la calculadora no los da por sabidos: hay que consultarlos en la Agencia Tributaria antes de usar el número fuera de clase.
  • La comparación fiscal usa la escala estatal del IRPF y solo eso: no incluye la mitad autonómica, ni la cuota de autónomos, ni el sueldo que un socio puede cobrarse de su propia sociedad, ni el coste de constituir y mantener la sociedad. Con todo eso el punto de corte real se mueve.
  • La responsabilidad decide más que la fiscalidad. Conviene insistir: si la actividad puede generar una deuda o un daño mayor que lo aportado —local abierto al público, manipulación de alimentos, personal contratado—, limitar la responsabilidad pesa más que cualquier diferencia de tipo.
  • El capital mínimo de una S.L. es de 1 € desde la Ley 18/2022, pero por debajo de 3.000 € hay obligación de dotar reserva y una responsabilidad añadida de los socios. Un «1 €» a secas se queda corto en un examen.
  • La curva enseña algo que se explica mal con palabras: el tipo medio del IRPF sube con el beneficio y el tipo fijo no. Ahí está todo el mecanismo.

Para llevarla a clase

Pon un beneficio de 20.000 € y pregunta qué conviene; después súbelo a 150.000 € y vuelve a preguntar. Con la misma pantalla y dos números, la respuesta cambia de forma. Termina bajando el beneficio a 8.000 € y preguntando si, con esa cifra, la decisión debería tomarse mirando impuestos. No: debería tomarse mirando el riesgo.