De qué va
Durante años, las plataformas de reparto sostuvieron que sus repartidores eran autónomos: contrato mercantil, vehículo propio, alta en el RETA y libertad para conectarse. Uno de ellos demandó sosteniendo que aquella libertad era aparente, porque la aplicación decidía a quién ofrecía cada pedido, puntuaba el desempeño, fijaba el precio y penalizaba los rechazos. En 2020 el Tribunal Supremo le dio la razón, y en 2021 la llamada ley rider estableció una presunción de laboralidad y el derecho de la representación de los trabajadores a conocer los algoritmos que afectan a sus condiciones.
El juicio simulado reconstruye ese pleito, pero con un giro que lo hace incómodo para las dos partes: el repartidor demandante quiere seguir siendo autónomo. Ahí aparece la pregunta de verdad. Si los derechos laborales son irrenunciables, ¿puede una persona adulta renunciar a ellos firmando? ¿Y quién decide entonces qué es su trabajo: ella, la empresa o los hechos?
Argumentario
Cómo se desarrolla
- Instrucción y preparación12 min
Se asignan los roles: acusación, defensa, juez y público deliberante. Cada equipo prepara sus argumentos y dos preguntas de interrogatorio, apoyándose en las cuatro notas de laboralidad.
- Declaración de apertura8 min
Cuatro minutos por equipo. El juez abre formalmente y recuerda que la calificación se decide por hechos, no por el nombre del contrato.
- Interrogatorio cruzado12 min
Cada equipo formula sus dos preguntas al contrario. Se exigen respuestas concretas: qué hacía la aplicación, quién fijaba el precio, quién asumía el riesgo.
- Réplica libre10 min
Turnos alternos de dos minutos. Se valora la precisión al aplicar cada nota de laboralidad, no el volumen.
- Deliberación y veredicto8 min
El público delibera y emite un veredicto motivado, nota por nota. Debe decir cuál ha sido la decisiva.
- Debrief10 min
El profe deshace el rol y expone qué resolvió el Supremo en 2020 y qué añadió la ley de 2021, incluido el derecho a conocer los algoritmos.
Dossier de datos
Cifras con fuente para preparar los argumentos
- 25 de septiembre de 2020: el Supremo declara laboral la relación de un repartidor de Glovo que había firmado un contrato de autónomo dependiente (STS 805/2020).
- El 75 % de los ingresos de un solo cliente: a partir de ahí un autónomo puede ser TRADE, la figura intermedia española (Ley 20/2007, art. 11).
- 28 millones de personas trabajaban a través de plataformas digitales en la UE en 2021, y 5,5 millones podían estar mal clasificadas como autónomas (Comisión Europea, 2021).
- Más de 205 millones de euros en sanciones acumuló Glovo por mantener falsos autónomos (Ministerio de Trabajo, 2024).
- 2 de diciembre de 2026: fecha límite para trasponer la directiva europea que presume laboral el trabajo en plataformas cuando la plataforma lo controla (Directiva (UE) 2024/2831).