¿Cámaras con reconocimiento facial en la calle?

Grabar ya trata datos personales; identificar automáticamente a cada persona que pasa es otra cosa. Un fishbowl sobre dónde se pone el límite entre seguridad y vigilancia.

Formato
Fishbowl
Duración
50-55 min
Agrupación
Círculo interior de 5 rotando + círculo exterior
Nivel
Bachillerato

La moción

Debería permitirse el reconocimiento facial en espacios públicos por motivos de seguridad.
A favor con garantías

Usado en supuestos tasados, con autorización judicial y plazos de borrado, permite localizar a personas desaparecidas o a autores de delitos graves sin vigilar a nadie más.

En contra en espacios públicos

Identificar automáticamente a todo el que pasa convierte la calle en un espacio donde el anonimato desaparece, y ningún fin de seguridad justifica un tratamiento masivo e indiscriminado.

Objetivos

  • Aplicar los principios del RGPD —licitud, minimización, limitación de la finalidad— a una tecnología concreta.
  • Distinguir videovigilancia ordinaria de identificación biométrica automatizada y su distinto régimen jurídico.
  • Argumentar sobre el equilibrio entre seguridad pública y derechos fundamentales sin reducirlo a «quien nada teme, nada oculta».

Conceptos: datos personales · datos biométricos · RGPD · minimización · base legal · videovigilancia · proporcionalidad · identidad digital

De qué va

Una cámara en la calle ya trata datos personales: por eso exige una base que lo justifique, un cartel que avise y un plazo para borrar lo grabado. El reconocimiento facial da un paso más. No solo graba: convierte cada rostro en un patrón biométrico y lo compara automáticamente con una base de datos, de modo que cualquiera que pase queda identificado sin haber hecho nada.

El Derecho europeo trata los datos biométricos con especial cautela y el reglamento europeo de inteligencia artificial fija límites estrictos a la identificación biométrica remota en tiempo real en espacios accesibles al público. Aun así, el debate sigue abierto en cada ciudad que se plantea instalarlo. El formato fishbowl obliga a escuchar antes de hablar: solo se opina desde el círculo interior, y para entrar hay que aportar algo que no se haya dicho.

Argumentario

Cómo se desarrolla

  1. Contexto y reglas del fishbowl8 min

    El profe explica qué hace exactamente un sistema de reconocimiento facial y recuerda las reglas: solo se habla desde el círculo interior y para entrar hay que aportar algo nuevo.

  2. Primera ronda del círculo interior12 min

    Cinco alumnos con posiciones distintas debaten. El resto escucha en el círculo exterior y anota argumentos para usarlos al entrar.

  3. Rotaciones15 min

    Quien quiere entrar toca el hombro de alguien del interior y ocupa su silla. La única condición: empezar citando el argumento al que responde.

  4. Test de proporcionalidad10 min

    El profe plantea tres supuestos —persona desaparecida, manifestación, entrada a un estadio— y el círculo interior debe decir si la medida sería idónea, necesaria y proporcionada en cada uno.

  5. Cierre y síntesis8 min

    Cada alumno escribe en una línea dónde pone el límite y qué principio del RGPD lo sostiene. Se leen cinco al azar.

Rúbrica de evaluación

CriterioQué se valoraCompetencia
Aplicación del RGPDUsa los principios de licitud, minimización y limitación de la finalidad para argumentar, y no solo la intuición sobre privacidad.CD
ProporcionalidadValora la medida por su idoneidad, necesidad y proporcionalidad, y no solo por el fin que persigue.CC
Calidad de la entrada al círculoEntra al círculo interior con una aportación nueva y no con una repetición de lo ya dicho.CCL
Escucha activaDesde el círculo exterior, anota argumentos y los recoge al entrar, citando a quien los formuló.CCL

Competencias que se trabajan

Clave: CD · CC · CCL