Tiempo de lectura: ~28 min · Saberes: mercado de trabajo y salario mínimo, población activa y EPA, tipos de desempleo, contratos, nómina, derechos laborales · Antes de empezar: Unidades 3 y 4 (cómo se forman los precios en un mercado; el dinero, los tipos de interés y la inflación).

Al acabar esta unidad sabrás:

  • Explicar por qué el trabajo es un mercado, qué es el salario mínimo y por qué se discute tanto.
  • Calcular las tasas de actividad, empleo y paro y leer los datos de la EPA.
  • Distinguir los contratos vigentes desde la reforma de 2021 y reconocer un falso autónomo.
  • Leer tu primera nómina, pasar del bruto al neto y saber qué derechos tienes desde el primer día.

Puede que este verano, o el que viene, firmes tu primer contrato: unas semanas en un chiringuito, en la tienda de un familiar, en un campamento o repartiendo publicidad. Entonces te encontrarás con palabras que hasta ahora eran cosa de adultos: bruto y neto, alta en la Seguridad Social, periodo de prueba, convenio, retención. Y con una sorpresa casi universal: la cantidad que te ingresan no es la que te dijeron. Con 16 años ya se puede trabajar en España, con permiso de tus padres o tutores, y por eso conviene llegar a ese primer contrato sabiendo qué se firma.

Hasta ahora hemos hablado de mercados de cosas: bocadillos, entradas, móviles, alquileres (Unidad 3). En esta unidad el «producto» que se intercambia es el tiempo y el esfuerzo de las personas. Es un mercado peculiar: quien vende no se separa de lo que vende, el precio se llama salario y la ley pone reglas que no existen en el mercado del pan. También es el mercado del que más se habla en las noticias, porque cuando falla no sobran cosas en una estantería: sobran personas sin trabajo.

Vamos a recorrerlo en seis pasos: cómo funciona el mercado de trabajo y qué es el salario mínimo; cómo se cuenta a los parados y qué dicen los datos de España; por qué existe el desempleo y qué se hace contra él; qué contratos existen desde la reforma de 2021; cómo se lee una nómina; y qué derechos y deberes tienes desde el primer día.

El trabajo también es un mercado

En la Unidad 3 vimos que un mercado es el encuentro entre quienes quieren comprar algo y quienes quieren venderlo, y que de ese encuentro sale un precio. En el mercado de trabajo ocurre lo mismo, pero con los papeles al revés de lo que uno esperaría: quienes ofrecen trabajo son las personas (tú, cuando busques un empleo de verano, estás ofreciendo tu tiempo) y quienes lo demandan son las empresas y las administraciones que necesitan gente para producir. El precio al que se cruzan la oferta y la demanda es el salario.

Como en cualquier mercado, ese precio se mueve. Si muchas empresas buscan programadoras y hay pocas, los salarios de las programadoras suben; si hay miles de personas dispuestas a servir mesas en verano y menos plazas que candidatos, los salarios de la hostelería no suben. Detrás de cada sueldo hay una cuestión de escasez: cuanto más difícil sea encontrar a alguien que haga un trabajo, más habrá que pagarle. Por eso la formación importa tanto: no porque un título valga por sí mismo, sino porque reduce el número de personas capaces de hacer lo mismo que tú.

Mercado de trabajo y salario mínimo El salario de equilibrio surge del cruce entre la oferta y la demanda de trabajo. Un salario mínimo fijado por encima del equilibrio genera desempleo, porque más personas quieren trabajar de las que las empresas contratan. 0 L W CANTIDAD DE TRABAJO (L) SALARIO (W) desempleo D L O L E* W* L* SMI L_d L_o
Oferta y demanda de trabajo. Del cruce sale el salario de equilibrio. Si el salario mínimo se fija por encima, hay más personas dispuestas a trabajar (oferta) que puestos ofrecidos (demanda), y la diferencia es desempleo. Cuánto desempleo, y si lo hay de verdad, es lo que discuten los economistas.

Qué determina tu salario

Casi nadie negocia su sueldo desde cero. En España la mayoría de los salarios los fija un convenio colectivo, un acuerdo entre sindicatos y empresas que establece, para cada sector o empresa y para cada categoría, un salario mínimo propio por encima del legal. Sobre ese suelo, el salario de cada persona depende de su formación, de su experiencia, del sector (la banca paga más que la hostelería), del tamaño de la empresa y del lugar. Y de un factor que nadie controla: cuánta gente puede hacer lo mismo.

Para situarte: el salario medio en España fue de unos 28.050 € brutos al año en 2023, pero la mediana, el sueldo que deja a la mitad de los trabajadores por debajo, rondaba los 23.300 € (INE, Encuesta de Estructura Salarial 2023, publicada en 2025). La diferencia entre las dos cifras te dice algo importante: unos pocos sueldos muy altos tiran de la media hacia arriba, y la mayoría de la gente cobra menos de lo que sugiere el «salario medio» que sale en las noticias.

Varias personas trabajando con ordenadores en una oficina compartida de tipo coworking.
Ocho de cada diez personas ocupadas en España trabajan por cuenta ajena: a cambio de un salario, ponen su tiempo a disposición de una empresa que decide qué se hace, cómo y cuándo. Esa dependencia es lo que convierte la relación en laboral, aunque el trabajo sea desde una oficina compartida o desde casa. Foto: Asa Wilson, CC BY-SA 2.0 vía Wikimedia Commons

El salario mínimo interprofesional

En el mercado del trabajo hay un precio por debajo del cual no se puede vender: el salario mínimo interprofesional (SMI). Lo fija cada año el Gobierno, después de consultar a sindicatos y patronal, y se aplica a cualquier trabajo a jornada completa, sea cual sea el sector y aunque no haya convenio. En 2025 el SMI es de 1.184 € brutos al mes en 14 pagas, es decir, 16.576 € al año (Real Decreto 87/2025). Si trabajas media jornada, te corresponde la mitad; si un convenio fija más, manda el convenio.

El SMI ha subido mucho en poco tiempo: en 2018 era de 735,90 € al mes, así que en siete años ha aumentado alrededor de un 61 %. La razón declarada es acercarlo al 60 % del salario medio, que es lo que recomienda la Carta Social Europea para que un sueldo a tiempo completo permita vivir sin ayudas. Y aquí empieza uno de los debates más largos de la economía: ¿un salario mínimo más alto ayuda a los trabajadores peor pagados o los deja sin empleo?

Debate en clase ¿Debe subir más el salario mínimo? Mesa redonda con los argumentos documentados de ambas posturas: empleo frente a poder adquisitivo, con los datos del Banco de España, la AIReF y el Ministerio de Trabajo sobre las subidas de 2019 a 2025. Abrir el recurso →

Población activa, ocupados y parados: la EPA

Cada tres meses sale en las noticias una cifra que mueve gobiernos: la tasa de paro. La calcula el Instituto Nacional de Estadística con la Encuesta de Población Activa (EPA), una encuesta trimestral a unas 65.000 viviendas de toda España en la que se pregunta a cada persona de 16 años o más qué hizo la semana anterior. Con esas respuestas, el INE reparte a la población en cuatro cajas que conviene tener claras, porque casi todos los errores al hablar del paro vienen de mezclarlas.

Las tres tasas de la EPA: de la población a los parados Árbol que parte de la población de 16 años o más y la divide en activos e inactivos; los activos se dividen a su vez en ocupados y parados. Debajo, las tres tasas: actividad, empleo y paro, cada una con su numerador y su denominador. Población de 16 años o más 1.000 Activos 600 trabajan o buscan trabajo Inactivos 400 estudian, cuidan, jubilados Ocupados 510 tienen empleo Parados 90 buscan y no encuentran Tasa de actividad 600 / 1.000 = 60 % Tasa de empleo 510 / 1.000 = 51 % Tasa de paro 90 / 600 = 15 % La tasa de paro se divide entre activos, no entre población: por eso no cuadra con las otras dos
De la población de 16 años o más a los parados. Las tres tasas se calculan sobre bases distintas: la de actividad y la de empleo, sobre toda la población en edad de trabajar; la de paro, solo sobre los activos. Por eso no cuadran entre sí a simple vista.

Las tres tasas

Con esas cuatro cajas se construyen las tres tasas que resumen un mercado de trabajo:

  • La tasa de actividad mide qué parte de la población en edad de trabajar participa en el mercado: activos dividido entre población de 16 años o más, por 100. En España ronda el 59 % (INE, EPA, segundo trimestre de 2025).
  • La tasa de empleo mide qué parte de esa misma población tiene trabajo: ocupados entre población de 16 años o más, por 100.
  • La tasa de paro mide qué parte de los que quieren trabajar no lo consigue: parados entre activos, por 100. Fíjate en el denominador: no es toda la población, sino solo los activos. Por eso un país puede tener una tasa de paro alta y a la vez mucha gente empleada, y por eso la tasa de paro puede bajar sin que nadie encuentre trabajo, como veremos en el ejercicio.
Ejercicio resuelto 5.1

Las tres tasas de Villaseca y el efecto desánimo

Enunciado

En Villaseca (caso inventado pero verosímil) viven 20.000 personas de 16 años o más. De ellas, 8.000 ni trabajan ni buscan empleo (estudian, están jubiladas o cuidan de la familia), 10.800 tienen trabajo y 1.200 buscan empleo sin encontrarlo.

a) Calcula la población activa y las tasas de actividad, de empleo y de paro.

b) Pasa un año malo: nadie encuentra trabajo, pero 300 de los parados se cansan de buscar y dejan de hacerlo. Recalcula la tasa de paro. ¿Ha mejorado el mercado de trabajo de Villaseca?

Solución

  1. Población activa: ocupados + parados = 10.800 + 1.200 = 12.000 personas. Comprobación: 12.000 activos + 8.000 inactivos = 20.000, toda la población de 16 años o más.
  2. Tasa de actividad: 12.000 / 20.000 × 100 = 60 %. Seis de cada diez personas en edad de trabajar participan en el mercado de trabajo.
  3. Tasa de empleo: 10.800 / 20.000 × 100 = 54 %.
  4. Tasa de paro: 1.200 / 12.000 × 100 = 10 %. Ojo con el denominador: se divide entre los activos, no entre los 20.000. Si dividieras entre toda la población saldría un 6 %, y sería un error.
  5. Efecto desánimo: los 300 que dejan de buscar pasan de parados a inactivos. Ahora hay 900 parados y 11.700 activos (10.800 + 900). Tasa de paro: 900 / 11.700 × 100 = 7,7 %.
  6. Lectura: la tasa de paro ha bajado más de dos puntos sin que se haya creado ni un solo empleo. El mercado de trabajo no ha mejorado: ha empeorado, porque 300 personas han perdido la esperanza. La pista está en la tasa de actividad, que cae del 60 % al 58,5 %. Cuando veas bajar el paro, mira siempre si también baja la actividad.

Pruébalo tú mismo: cambia el número de inactivos, ocupados y parados y observa cómo se mueven las tres tasas; prueba a pasar parados a inactivos y verás bajar el paro sin crear empleo.

Introduce los datos de una población y comprueba las tres tasas que publica la EPA cada trimestre. Los denominadores no son los mismos: ahí está la trampa.

Cargar un ejemplo

Datos de la encuesta

Lo que se deduce de esos tres números

Población activa11.000Ocupados + parados: quienes trabajan o buscan trabajo.
Población inactiva9000Estudiantes a tiempo completo, jubilados, quien no busca empleo.
Tasa de actividad55,0 %11.000 / 20.000Qué parte de la población en edad de trabajar participa en el mercado laboral.
Tasa de empleo48,0 %9600 / 20.000Qué parte de la población en edad de trabajar tiene efectivamente un empleo.
Tasa de paro12,7 %1400 / 11.000Qué parte de quienes quieren trabajar no encuentra empleo.

La trampa del denominador

El error más común es dividir los parados entre toda la población de 16+ en lugar de entre la población activa. Sale una cifra mucho más baja y suena bien, pero no es la tasa de paro.

Bien: parados / activos12,7 %1400 / 11.000
Mal: parados / población 16+7,0 %1400 / 20.000
Cómo se calcula

Tasa de actividad = (población activa / población de 16+) × 100

Tasa de empleo = (ocupados / población de 16+) × 100

Tasa de paro = (parados / población activa) × 100

La EPA es una encuesta a hogares del INE y se publica cada trimestre. No es lo mismo que el paro registrado del SEPE, que cuenta a quien se ha inscrito en una oficina de empleo.

↗ Herramienta interactiva disponible en la versión digital del libro (profedeeconomia.es).

Los datos de España

A mediados de 2025 España tenía unos 22,3 millones de personas ocupadas, la cifra más alta de su historia, y alrededor de 2,4 millones de parados, con una tasa de paro del 10,3 % (INE, EPA, segundo trimestre de 2025). Es una buena noticia comparada con el pasado reciente, y una mala comparada con los vecinos: la media de la Unión Europea rondaba el 6 % (Eurostat, 2025), y España seguía siendo el país con la tasa de paro más alta de la Unión. Peor aún entre los jóvenes: la tasa de paro de las personas de 16 a 24 años se situaba en torno al 25 %, casi el doble que en el conjunto de la Unión. Una de cada cuatro personas de tu edad que busca trabajo no lo encuentra.

Hay una segunda cifra del paro que sale cada mes, no cada trimestre: el paro registrado, que publica el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) contando a las personas inscritas como demandantes en las oficinas de empleo. En julio de 2025 rondaba los 2,4 millones. No coincide con la EPA porque miden cosas distintas: la EPA pregunta a la gente si busca trabajo; el SEPE cuenta a quien se ha apuntado en una oficina. Hay parados que no se apuntan y personas apuntadas que no buscan de verdad. Las dos cifras son útiles; solo hay que saber cuál se está leyendo.

Fachada de una Oficina de Empleo en el barrio de la Concepción (Madrid), con los logotipos del SEPE y de la Comunidad de Madrid sobre la entrada de cristal.
Oficina de empleo del SEPE y del servicio autonómico en Madrid. Aquí se cuenta el paro registrado, se tramita la prestación por desempleo y se ofrecen cursos y orientación: las políticas pasivas y activas de empleo pasan por la misma puerta. Foto: Lojwe, CC0 1.0 vía Wikimedia Commons
Herramienta Calculadora de tasas de la EPA Introduce población, activos, ocupados y parados y obtén las tres tasas al instante. Sirve para comprobar el ejercicio 5.1 y para jugar con los datos reales del INE de cada trimestre. Abrir el recurso →

El desempleo: tipos, causas y consecuencias

Que haya parados no siempre significa lo mismo. Un cocinero que deja su restaurante para buscar otro mejor, un socorrista sin trabajo en enero, una persona de 50 años cuya fábrica cerró para siempre y un joven que no encuentra nada porque el país entero está en recesión son cuatro parados muy distintos, con causas distintas y remedios distintos. Los economistas distinguen cuatro tipos de desempleo.

  • Friccional. El tiempo que se tarda en pasar de un empleo a otro, o de los estudios al primer trabajo. Existe siempre, incluso en las economías más sanas, porque buscar y encontrar lleva tiempo. Es el menos preocupante: dura semanas o pocos meses.
  • Estacional. El que aparece cuando termina la temporada de una actividad. En España el ejemplo es el turismo, que aporta más del 12 % del PIB (INE, Cuenta Satélite del Turismo, 2023) y contrata a cientos de miles de personas de mayo a septiembre para dejarlas sin empleo en otoño. Cada año el paro baja en verano y sube en enero por este motivo, y por eso el INE también publica los datos «desestacionalizados».
  • Estructural. El que se produce cuando lo que saben hacer las personas no encaja con lo que las empresas necesitan, o cuando las personas están en un sitio y los empleos en otro. Es el más difícil de curar, porque no lo arregla el crecimiento económico: hace falta formación, movilidad o ambas. Buena parte del paro de larga duración español es de este tipo.
  • Cíclico. El que provoca una crisis: cuando la economía se frena, las empresas venden menos, producen menos y despiden. Desaparece cuando la economía se recupera, pero mientras dura es el más doloroso, porque golpea a mucha gente a la vez.

Dos crisis, dos paros

España vivió el paro cíclico en su forma más brutal entre 2008 y 2013. La tasa de paro pasó de alrededor del 8 % en 2007 al 26,9 % en el primer trimestre de 2013, con más de seis millones de parados; entre los menores de 25 años superó el 55 % (INE, EPA). Fue una crisis financiera e inmobiliaria: dejaron de construirse casas, cerraron miles de empresas y el paro tardó más de una década en volver a los niveles anteriores. La segunda gran sacudida llegó en 2020 con la pandemia, y la respuesta fue muy distinta.

Qué le hace el paro a las personas y al país

Para quien lo sufre, el desempleo es, primero, una pérdida de ingresos: la prestación no cubre todo el sueldo y se agota. Pero los estudios sobre paro de larga duración muestran daños que van más allá del dinero: pérdida de habilidades y de contactos, que hace cada vez más difícil volver a encontrar trabajo; problemas de salud, sobre todo mental; y una sensación de inutilidad que la Organización Mundial de la Salud reconoce como factor de riesgo. Para un joven, además, empezar la vida laboral en paro deja una «cicatriz»: quienes entran al mercado en una crisis cobran menos durante años que quienes entran en época buena.

Para el conjunto del país, el paro es producción que se pierde para siempre (las horas que no se trabajaron en 2012 no se recuperan), ingresos públicos que dejan de llegar (menos cotizaciones, menos IRPF, menos IVA) y gasto público que aumenta (prestaciones, subsidios). Y es, con la inflación que vimos en la Unidad 4, la principal causa de desigualdad y de pobreza en una economía como la española.

Qué se hace contra el paro

Las políticas de empleo se dividen en dos familias, y las dos pasan por el SEPE y los servicios de empleo de cada comunidad autónoma (LABORA en la Comunidad Valenciana, el SAE en Andalucía, Lanbide en el País Vasco, el SOC en Cataluña).

Las políticas pasivas sustituyen los ingresos perdidos. La principal es la prestación por desempleo: para cobrarla hay que haber trabajado y cotizado al menos 360 días en los seis años anteriores, y dura entre cuatro meses y dos años según lo cotizado. Se cobra el 70 % de la base reguladora (una media de lo que se cotizaba) durante los primeros seis meses y el 60 % después. Cada mes de tu primer contrato, por corto que sea, suma para ese derecho: es una de las razones por las que trabajar sin contrato te perjudica a ti antes que a nadie. Quien agota la prestación y no tiene rentas puede acceder a un subsidio de unos 570 € al mes en 2025, y como último recurso existe el Ingreso Mínimo Vital.

Las políticas activas intentan que la persona vuelva a trabajar: cursos de formación y recualificación, orientación y ayuda para buscar empleo, bonificaciones a las empresas que contratan a colectivos con más dificultades y programas específicos como la Garantía Juvenil, que ofrece a los menores de 30 años inscritos una oferta de empleo, formación o prácticas. Las pasivas alivian; las activas curan, cuando funcionan. Y el debate en Europa es casi siempre el mismo: en qué proporción gastar en unas y en otras.

Los contratos de trabajo

Cuando trabajas para alguien a cambio de un salario, la ley entiende que hay un contrato de trabajo, exista o no un papel firmado. Pero el papel importa, porque es lo que te permite demostrar lo que se acordó. El Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015, la ley básica del trabajo en España) lo define con cuatro notas que conviene recordar, porque son las que el Tribunal Supremo aplicó a los riders: el trabajo es voluntario, retribuido, por cuenta ajena (el fruto de tu trabajo es de la empresa, que asume el riesgo) y dependiente (lo haces bajo la organización y dirección de otro).

Trabajar con 16 años

El Estatuto prohíbe trabajar a los menores de 16 años (artículo 6), salvo en espectáculos públicos con autorización expresa. Entre los 16 y los 18 puedes firmar un contrato, pero con el consentimiento de tus padres o tutores, a menos que vivas de forma independiente (artículo 7). Y con reglas especiales de protección: no puedes hacer trabajo nocturno (entre las diez de la noche y las seis de la mañana), ni horas extraordinarias, ni tareas declaradas peligrosas o insalubres. Un chiringuito que cierra a las dos de la madrugada no puede tenerte sirviendo copas a esa hora, aunque tú quieras.

La reforma de 2021 y los cuatro contratos

Hasta 2021 España era el país europeo con más contratos temporales: uno de cada cuatro asalariados tenía fecha de caducidad, y muchos encadenaban contratos de semanas durante años. La reforma laboral aprobada por el Real Decreto-ley 32/2021, pactada entre el Gobierno, los sindicatos CCOO y UGT y la patronal CEOE, simplificó el sistema con una idea central: el contrato normal es el indefinido, y el temporal solo se admite si hay una causa concreta que lo justifique.

Retrato oficial de Yolanda Díaz Pérez, vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social de España.
Yolanda Díaz, ministra de Trabajo desde 2020, negoció con sindicatos y patronal la reforma laboral de 2021. Que las tres partes la firmaran fue tan novedoso como su contenido: las reformas anteriores se habían aprobado sin acuerdo. © Unión Europea, 2026. CC BY 4.0 vía Wikimedia Commons

Desde entonces existen cuatro contratos principales:

  • Indefinido. El contrato por defecto: sin fecha de fin, dura mientras ninguna de las partes lo rompa por las vías legales. Si la empresa despide sin causa justificada (despido improcedente), debe indemnizar con 33 días de salario por año trabajado, hasta un máximo de 24 mensualidades. Da derecho pleno al paro y es el que piden los bancos para una hipoteca y los caseros para un alquiler. Una variante es el fijo-discontinuo, indefinido pero para actividades que se repiten por temporadas, como las del turismo.
  • Temporal, solo con causa. Dos causas admitidas: sustituir a alguien con derecho a volver a su puesto (una baja, un permiso de maternidad) o atender circunstancias de la producción imprevistas, como un pico de pedidos, durante un máximo de seis meses (doce si lo permite el convenio), o previsibles, como la campaña de Navidad, hasta 90 días al año. Al terminar, la persona cobra una indemnización de 12 días por año trabajado. Sin causa real, el contrato es fraude y se convierte en indefinido.
  • Formación en alternancia. Para personas de 16 a 30 años sin título relacionado con el puesto, que combinan trabajo y estudios (es la base de la FP dual). Dura entre tres meses y dos años, con una parte de la jornada dedicada a formarse, y el salario no puede bajar del SMI en proporción a las horas trabajadas.
  • Para la práctica profesional. Para quien ya tiene un título universitario o de FP obtenido en los tres últimos años y necesita experiencia. Entre seis meses y un año, con el salario de convenio de su categoría. No hay que confundirlo con las prácticas curriculares de un ciclo o un grado, que no son un contrato de trabajo aunque desde 2024 también coticen.
Los cuatro tipos de contrato tras la reforma de 2021 Cuatro tarjetas comparan los contratos vigentes en España: indefinido (la regla por defecto, sin fecha de fin), temporal solo con causa tasada de hasta 6 a 12 meses, formación en alternancia para jóvenes sin título y en prácticas para quien ya tiene una titulación reciente. CONTRATOS LABORALES EN ESPAÑA · REFORMA DE 2021 Es el contrato «normal»: si no se justifica otra cosa, se presume indefinido. Da la máxima estabilidad, lo que facilita pedir una hipoteca o alquilar un piso. POR DEFECTO Indefinido DURACIÓN Sin fecha de fin PARA QUIÉN La regla general desde la reforma CLAVE Indemnización de 33 días/año Derecho pleno al paro y estabilidad para créditos Tras la reforma de 2021 ya no vale el «por obra o servicio»: hace falta una causa concreta y justificada. Encadenar temporales sin causa convierte el contrato en indefinido. SOLO CON CAUSA Temporal DURACIÓN 6 meses (12 por convenio) PARA QUIÉN Sustitución de baja o pico de producción CLAVE Sin causa real es fraude: pasa a ser indefinido Es la base de la FP Dual: aprendes un oficio cobrando a la vez. Parte de la jornada es trabajo y parte es formación, y cotizas a la Seguridad Social desde el primer día. FORMATIVO Formación en alternancia DURACIÓN 3 meses – 2 años PARA QUIÉN 16 a 30 años sin título previo CLAVE Combina trabajo y estudio. Salario según jornada, nunca bajo el SMI Sirve para coger experiencia real en lo que has estudiado, justo después de titularte. Ojo: no confundir con las becas o prácticas curriculares, que no son un contrato laboral. FORMATIVO En prácticas DURACIÓN 6 meses – 1 año PARA QUIÉN Con título de FP o universidad reciente (últimos 3 años) CLAVE Salario íntegro de convenio, sin recorte por ser prácticas Tras la reforma de 2021, el indefinido es la norma: la temporalidad cayó del 25 % al 17 %. Cuidado con el «falso autónomo»: si trabajas con horario y herramienta de la empresa, es laboral.
Los cuatro contratos vigentes tras la reforma de 2021. El indefinido es la regla; el temporal exige una causa tasada; los dos formativos combinan trabajo con estudios (alternancia) o con la primera experiencia tras el título (práctica profesional).

Periodo de prueba, jornada y vacaciones

Casi todos los contratos incluyen un periodo de prueba: unos meses al principio en los que cualquiera de las dos partes puede romper la relación sin indemnización ni explicaciones. El Estatuto lo limita (artículo 14) a seis meses para técnicos titulados y dos meses para el resto (tres en empresas de menos de 25 trabajadores, y un mes en contratos temporales de menos de seis meses). Durante la prueba tienes exactamente los mismos derechos que después: cobras, cotizas y cuentan tus vacaciones. Lo único distinto es que te pueden decir adiós sin causa. En el contrato deben figurar también la jornada (cuántas horas a la semana y cómo se distribuyen), el salario (siempre en bruto) y el convenio que se aplica, que es donde están casi todas las reglas concretas de tu puesto: categorías, complementos, calendario, horarios. Tienes derecho a conocerlo y se puede consultar gratis en el Boletín Oficial correspondiente.

El falso autónomo y los riders

Hay una forma de trabajar que no es un contrato de trabajo: ser autónomo, es decir, trabajar por cuenta propia, con tus propios medios, para los clientes que tú elijas y asumiendo tú el riesgo. Un fontanero que va por las casas, una diseñadora que factura a varias empresas o el dueño de un bar son autónomos. Cotizan en un régimen propio de la Seguridad Social (el RETA), no tienen vacaciones pagadas ni paro en las mismas condiciones y no les protege el Estatuto de los Trabajadores. A cambio, nadie les dice cuándo ni cómo trabajar.

Repartidor de Glovo en bicicleta circulando por una calle de Valencia con la mochila amarilla de la plataforma a la espalda.
Un rider de Glovo en Valencia. La bici y el móvil eran suyos, pero el precio de cada pedido, el reparto de encargos y la puntuación los decidía la app. Para el Tribunal Supremo, eso es dependencia y ajenidad: una relación laboral. Foto: Pacopac, CC BY-SA 4.0 vía Wikimedia Commons

El problema aparece cuando una empresa usa la figura del autónomo para alguien que en realidad trabaja como un asalariado: con horario impuesto, herramientas de la empresa, un solo cliente y órdenes que cumplir. Es el falso autónomo. Para la empresa la ventaja es enorme: se ahorra las cotizaciones (alrededor del 30 % del salario, como veremos), las vacaciones, las indemnizaciones y el convenio. Para la persona, la desventaja es la misma cantidad, más el riesgo de quedarse sin nada si la empresa deja de llamar. Por eso el Estatuto presume que, si hay dependencia y ajenidad, la relación es laboral digan lo que digan los papeles, y por eso el caso de los riders acabó como acabó.

Antes de firmar

Seis comprobaciones para tu primer contrato

  1. Pide el contrato por escrito y léelo entero antes de empezar. Tiene que decir qué tipo de contrato es, la jornada, el salario bruto, la duración si es temporal (y su causa), el periodo de prueba y el convenio que se aplica.
  2. Comprueba el alta en la Seguridad Social. La empresa debe darte de alta antes del primer día. Puedes verlo tú mismo pidiendo el informe de vida laboral en la web o la app de la Seguridad Social; es gratuito e inmediato.
  3. Compara el salario con el convenio. Busca el convenio de tu sector y tu categoría en el BOE o en el boletín de tu comunidad: el sueldo que te ofrecen no puede ser menor que el que fija para tu grupo, ni nunca menor que el SMI.
  4. Pregunta cómo se cobra y cuándo. Por transferencia, antes de que acabe el mes siguiente y con nómina. «En mano y sin papeles» es la señal de alarma más clara.
  5. Anota tu horario real desde el primer día. La empresa está obligada a registrar tu jornada; si te piden más horas de las pactadas, son horas extraordinarias y se pagan o se compensan con descanso.
  6. Guarda todo: el contrato, las nóminas, los mensajes con horarios y cualquier cambio. Si un día hay un problema, la prueba serás tú.

La nómina: del bruto al neto

Al final de tu primer mes de trabajo recibirás una nómina: el documento, con un formato fijado por ley (Orden ESS/2098/2014), en el que la empresa detalla lo que has ganado, lo que te ha descontado y lo que te ingresa. Es el papel más importante de tu vida laboral y uno de los menos leídos: con él demuestras lo que cobras, con él te dan una hipoteca y con él sabrás si te están cotizando lo que te corresponde. Aprender a leerla lleva diez minutos.

Anatomía de una nómina española Esquema de una nómina dividida en devengos (lo que ganas), deducciones (IRPF y Seguridad Social) y líquido (lo que cobras), con un ejemplo numérico de 1.500€ brutos. EJEMPLO · AUXILIAR ADMINISTRATIVO · 1.500 € BRUTOS/MES 1 · LO QUE GANAS Devengos Salario base 1.200,00 € Complementos 175,00 € Prorrateo pagas extras 125,00 € Total bruto 1.500,00 € 2 · LO QUE TE QUITAN Deducciones IRPF (≈ 10 %) − 150,00 € SS trabajador (6,35 %) − 95,25 € A cuenta de Hacienda y de tu jubilación Total deducciones − 245,25 € 3 · LO QUE COBRAS LÍQUIDO A PERCIBIR 1.254,75 € El IRPF es un anticipo. En la declaración de la renta de junio se ajusta y puede salir a devolver o a pagar. La SS no te la devuelven. Va al fondo común que paga pensiones, paro y baja por enfermedad. La diferencia entre bruto y líquido suele ser del 15-25 %. Cuando un anuncio dice "1.500 €/mes" casi siempre se refiere al bruto. Lo que ingresas es menos.
Anatomía de una nómina: lo que ganas (devengos), lo que te descuentan (cotización a la Seguridad Social y retención de IRPF) y lo que cobras (líquido). El ejemplo usa un 6,35 % de cotización; en 2025, con el Mecanismo de Equidad Intergeneracional, el porcentaje real de un contrato indefinido es del 6,48 %.

Lo que ganas: los devengos

La parte de arriba de la nómina suma todo lo que la empresa reconoce deberte por el mes: son los devengos, y su total es tu salario bruto mensual. Ahí aparecen el salario base que fija el convenio para tu categoría, los complementos (antigüedad, nocturnidad, idiomas, productividad, un plus por el puesto), las horas extraordinarias si las has hecho y, si tu empresa reparte las pagas extra mes a mes, la parte prorrateada de esas pagas. En España el Estatuto garantiza dos pagas extraordinarias al año (artículo 31), una en Navidad y otra en el mes que fije el convenio, normalmente junio o julio; por eso se habla de sueldos «en 14 pagas». Es una peculiaridad española que nació en la posguerra (la paga de Navidad se estableció en 1944) y que no existe en la mayoría de países europeos: cobrar 14 veces 1.300 € es exactamente lo mismo que cobrar 12 veces 1.516,67 €, pero psicológicamente no lo parece. También pueden aparecer cantidades que no son salario, como las dietas o el plus de transporte, que no cotizan ni tributan dentro de ciertos límites.

Lo que te descuentan: Seguridad Social e IRPF

De ese bruto, la empresa retira dos cosas por obligación legal, y ninguna de las dos se queda con ella.

La primera es tu cotización a la Seguridad Social. En 2025, en un contrato indefinido, es el 6,48 % de la base de cotización (una cifra muy parecida a tu bruto mensual con las pagas extra prorrateadas): 4,70 % para contingencias comunes, 1,55 % para desempleo, 0,10 % para formación profesional y 0,13 % para el Mecanismo de Equidad Intergeneracional, que refuerza las pensiones. Redondeando, alrededor del 6,5 %. No es un impuesto: es una cuota que te compra derechos concretos, y cada mes cotizado suma para ellos. Con ella se pagan las pensiones de quienes hoy están jubilados (y las tuyas las pagarán quienes trabajen entonces), la prestación por desempleo, la baja cuando estás enfermo, los permisos de maternidad y paternidad y la atención cuando tienes un accidente de trabajo.

La segunda es la retención a cuenta del IRPF. El Impuesto sobre la Renta se paga sobre lo que ganas en todo el año, y la declaración se hace la primavera siguiente; para no tener que pagarlo de golpe, la empresa adelanta cada mes a Hacienda un porcentaje de tu sueldo en tu nombre. Ese porcentaje depende de cuánto vas a ganar en el año y de tu situación familiar, y en un primer empleo con un sueldo modesto suele estar entre el 2 % y el 10 %. Es un anticipo, no el impuesto definitivo: si te han retenido de más, Hacienda te devuelve la diferencia; si de menos, la pagas. Cómo funciona el impuesto en sí, con sus tramos, lo veremos en la Unidad 6.

Ejercicio resuelto 5.2

La primera nómina de Marina: del bruto anual al líquido de cada mes

Enunciado

Marina tiene 19 años y acaba de firmar su primer contrato indefinido a jornada completa como auxiliar de farmacia (caso inventado pero verosímil). Su convenio le asigna un salario bruto anual de 18.200 € en 14 pagas: doce mensualidades y dos pagas extra, en junio y en diciembre, de la misma cuantía. Su empresa aplica una cotización a la Seguridad Social del 6,5 % sobre la base de cotización mensual (el bruto anual dividido entre doce, porque las pagas extra se prorratean para cotizar) y una retención de IRPF del 9 % sobre cada paga. Calcula:

a) El bruto de cada paga y la base de cotización mensual. b) La cotización a la Seguridad Social y la retención de IRPF de un mes normal. c) El líquido de un mes normal y el de un mes con paga extra. d) El neto anual y cuánto ha ido a la Seguridad Social y a Hacienda.

Solución

  1. Bruto de cada paga: 18.200 € / 14 = 1.300 €, igual en las doce mensualidades y en las dos extras. Base de cotización mensual: 18.200 € / 12 = 1.516,67 €. Fíjate en que es mayor que el bruto del mes porque incluye la parte proporcional de las pagas extra: se cotiza por todo el salario, pero repartido en doce meses.
  2. Cotización a la Seguridad Social: 1.516,67 € × 0,065 = 98,58 € al mes. Retención de IRPF: 1.300 € × 0,09 = 117 € por paga.
  3. Líquido de un mes normal: 1.300 − 98,58 − 117 = 1.084,42 €. Líquido de la paga extra: como la cotización ya se ha repartido entre los doce meses, en la extra solo se retiene IRPF: 1.300 − 117 = 1.183 €. En junio y en diciembre Marina ingresará 1.084,42 + 1.183 = 2.267,42 €.
  4. Neto anual: 12 × 1.084,42 + 2 × 1.183 = 13.013,04 + 2.366 = 15.379,04 €. A la Seguridad Social: 12 × 98,58 = 1.182,96 € (el 6,5 % de 18.200 €). A Hacienda: 14 × 117 = 1.638 € (el 9 % de 18.200 €). Comprobación: 15.379,04 + 1.182,96 + 1.638 = 18.200 €.
  5. Lectura: de los 18.200 € pactados, Marina ingresa unos 15.380 €, el 84,5 %. Los 1.183 € de la Seguridad Social le compran un año cotizado: cuenta para el paro (ya lleva 365 de los 360 días que necesita), para una baja y para su futura pensión. Los 1.638 € de IRPF son un anticipo: en la declaración de la renta de la primavera siguiente se ajustará, y con un sueldo como el suyo es probable que le devuelvan una parte.

Pruébalo tú mismo: introduce un salario bruto anual, el número de pagas y el tipo de retención, y la calculadora te desglosa la nómina mes a mes: cotización, IRPF y líquido.

Tus datos

Pagas al año
Tipo de contrato
Bruto mensual1.500,00 €Lo que firma el contrato
Seguridad Social−97,50 €6,5 % del bruto
IRPF mensual−216,81 €Tipo medio 15,5 %
Líquido mensual1.185,69 €Lo que realmente ingresas cada mes en tu cuenta
Bruto anual21.000,00 €
Líquido anual16.599,60 €
% que se queda el Estado21,0 %
Desglose completo de la nómina
Concepto%Importe anual
Salario bruto anual100 %21.000,00 €
Contingencias comunes4,70 %−987,00 €
Desempleo (indefinido)1,55 %−325,50 €
Formación profesional0,10 %−21,00 €
MEI0,15 %−31,50 €
Total Seguridad Social6,5 %−1.365,00 €
Base para el IRPF19.635,00 €
Retención IRPF15,5 %−3.035,40 €
Líquido anual a percibir16.599,60 €

Mínimo personal y familiar aplicado: 5.550,00 € (parte de tu sueldo que no paga IRPF gracias a tu situación personal y a los hijos a tu cargo).

Datos 2026. Usamos la escala estatal del IRPF; la retención real también depende de tu comunidad autónoma y de otras circunstancias, así que esta cifra es orientativa.

¿Qué significa cada concepto?

  • Cotizaciones a la Seguridad Social: dinero que pagas cada mes para tener derecho a sanidad, paro, baja por enfermedad y, en el futuro, pensión de jubilación.
  • IRPF: el impuesto sobre la renta. Cuanto más ganas, mayor porcentaje retienes. Tener hijos o una discapacidad reduce lo que pagas, porque parte de tu sueldo queda exenta.
  • Líquido (o neto): lo que de verdad llega a tu cuenta después de restar la Seguridad Social y el IRPF. Por eso el sueldo "real" siempre es menor que el bruto del contrato.

↗ Herramienta interactiva disponible en la versión digital del libro (profedeeconomia.es).

Herramienta Calculadora de nómina Del bruto anual al líquido de cada mes: cotización a la Seguridad Social, retención de IRPF estimada y pagas extra. Úsala para comprobar el ejercicio 5.2 y para traducir cualquier oferta de empleo a lo que cobrarías de verdad. Abrir el recurso →

Lo que cuesta a la empresa

Tu nómina no cuenta toda la historia. Además de tu cotización, la empresa paga la suya, la cuota patronal, que no aparece en tu nómina porque no sale de tu sueldo: alrededor del 30 % del salario bruto (23,60 % para contingencias comunes, 5,50 % para desempleo, más formación profesional, el Fondo de Garantía Salarial, el Mecanismo de Equidad y el seguro de accidentes). Es decir, contratar a Marina con 18.200 € brutos le cuesta a la farmacia alrededor de 23.700 € al año, y de esa cantidad Marina ve en su cuenta unos 15.400 €. El coste empresa es aproximadamente 1,3 veces el salario bruto, y es la cifra que las empresas tienen en la cabeza cuando deciden si contratan. Entender esa diferencia explica muchas cosas: por qué a una empresa le sale a cuenta un falso autónomo, por qué las subidas del SMI pesan más de lo que parece y por qué la Seguridad Social recauda tanto sin que casi nadie lo note.

QUÉ COBRA LA PERSONA Y QUÉ PAGA LA EMPRESA LÍQUIDO 1.200 € SALARIO BRUTO 1.500 € COSTE EMPRESA 1.950 € DEDUCCIONES DEL TRABAJADOR Cotización Seguridad Social (≈6,35%) + Retención IRPF (variable según salario) CUOTAS PATRONALES ≈ 30 % del bruto a la Seguridad Social. NO aparece en nómina. El coste real para la empresa es 1,30 × el salario bruto, no el salario líquido.
De lo que cobra la persona a lo que paga la empresa: líquido, salario bruto y coste empresa. Las cuotas patronales, alrededor del 30 % del bruto, no aparecen en la nómina.

Derechos y deberes básicos en el trabajo

Todo lo anterior descansa sobre una ley que conviene conocer por su nombre: el Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015), heredero del primer Estatuto de 1980. Fija los mínimos que ningún contrato ni convenio puede rebajar, y que cualquier persona que trabaje por cuenta ajena en España tiene desde el primer día, sea cual sea su edad, su contrato o su nacionalidad.

  • Jornada máxima de 40 horas semanales de trabajo efectivo, en promedio anual (artículo 34), con al menos 12 horas de descanso entre una jornada y la siguiente y un día y medio seguido de descanso a la semana (artículo 37). Desde 2019 la empresa está obligada a registrar cada día tu hora de entrada y de salida.
  • Horas extraordinarias voluntarias y limitadas a 80 al año (artículo 35); se pagan al menos como una hora normal o se compensan con descanso.
  • Vacaciones de al menos 30 días naturales al año, retribuidas y que no se pueden sustituir por dinero (artículo 38). Si trabajas seis meses, te corresponden quince días.
  • Salario puntual: como máximo cada mes, y documentado en la nómina (artículo 29). El retraso genera intereses del 10 % anual.
  • Seguridad y salud: la empresa debe evaluar los riesgos de tu puesto, formarte y darte los equipos de protección necesarios (Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales). Puedes negarte a trabajar ante un riesgo grave e inminente.
  • No discriminación por sexo, edad, origen, ideología, orientación sexual o afiliación sindical, y respeto a tu intimidad y dignidad (artículo 4).

Los deberes van en la misma ley (artículo 5) y son igual de concretos: cumplir con el trabajo pactado de buena fe y con la diligencia que exige el puesto, seguir las instrucciones razonables de la empresa, respetar las normas de seguridad, no hacer la competencia a tu empresa mientras trabajas en ella y contribuir a la productividad. Un contrato obliga a las dos partes.

El convenio colectivo y los sindicatos

Una persona sola negocia poco frente a una empresa: si no aceptas las condiciones, hay otro candidato. Por eso la Constitución reconoce el derecho a sindicarse (artículo 28) y a la negociación colectiva (artículo 37): los trabajadores se agrupan para negociar juntos, y el resultado es el convenio colectivo. En España los sindicatos mayoritarios son CCOO y UGT, que junto con la patronal (CEOE y CEPYME) negocian los convenios sectoriales y participan en acuerdos como la reforma laboral de 2021 o las subidas del SMI.

Manifestación del 1 de mayo de 2024 recorriendo la Gran Vía de Madrid, con una densa marea de manifestantes, banderas y pancartas sindicales ocupando toda la anchura de la calle.
Manifestación del 1 de mayo de 2024 en la Gran Vía de Madrid. El Día Internacional de los Trabajadores recuerda desde 1890 las huelgas de Chicago por la jornada de ocho horas. En España lo convocan CCOO y UGT, y sus reivindicaciones de los últimos años han sido las de esta unidad: el salario mínimo, la jornada y la estabilidad de los contratos. Foto: Consuelo Fernandez, CC BY-SA 4.0 vía Wikimedia Commons

La herramienta de presión más conocida de los sindicatos es la huelga, un derecho fundamental protegido por la Constitución (artículo 28.2): dejar de trabajar de forma colectiva para defender los intereses de los trabajadores. Durante la huelga no se cobra, pero la empresa no puede despedir ni sancionar por participar en ella ni sustituir a los huelguistas. En el otro extremo, las empresas pueden recurrir al cierre patronal en casos muy limitados. La mayoría de los conflictos, en realidad, no llegan tan lejos: se resuelven en la negociación del convenio.

A quién acudir si algo falla

Si en tu trabajo no se cumple lo pactado (te pagan tarde, te hacen más horas de las que constan, no te dan de alta, no te pagan las extras), tienes varios sitios a los que acudir, de menos a más formal. Primero, los representantes de los trabajadores de tu empresa, si los hay (delegados de personal a partir de seis trabajadores, comité de empresa a partir de cincuenta). Segundo, un sindicato, que asesora gratis a sus afiliados y, en muchos casos, a cualquiera que pregunte. Tercero, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (Ley 23/2015), el cuerpo de funcionarios que vigila el cumplimiento de la ley laboral: puedes presentar una denuncia, incluso de forma anónima a través de su buzón contra el fraude, y la Inspección puede visitar la empresa, sancionarla y obligarla a regularizar tu situación. Y si el conflicto es con tu propio contrato (un despido, un salario que no llega), el camino es la conciliación ante el servicio de mediación de tu comunidad y, si no hay acuerdo, el Juzgado de lo Social. Un aviso importante: para impugnar un despido hay solo 20 días hábiles. Quien no conoce sus derechos suele descubrirlos cuando ya es tarde.

Qué viene después en este curso

Con esta unidad empieza la segunda evaluación, la más pegada a vuestra vida. Habéis visto el mercado donde se venderá vuestro tiempo, cómo se mide, qué contrato firmaréis y qué nómina cobraréis. En la Unidad 6 aparece el otro gran actor de esa nómina: el Estado, que con lo que retiene de vuestro sueldo (el IRPF, con sus tramos y su declaración) y con el IVA de lo que compráis paga la sanidad, la educación, las pensiones y la prestación por desempleo que hemos visto aquí; y allí discutiremos cuánto debe corregir la desigualdad.

Las Unidades 7 y 8 cogen ese salario neto y lo llevan a vuestra economía personal: cómo hacer un presupuesto con él, cómo ahorrar, cómo funciona el crédito y qué seguros conviene tener. Y en la Unidad 10, cuando miremos la empresa desde dentro, volveréis a encontrar el coste empresa y los contratos, pero desde el otro lado de la mesa: el de quien contrata.

Glosario

  • Mercado de trabajo: encuentro entre la oferta de trabajo (personas que tienen empleo o lo buscan) y la demanda de trabajo (puestos que empresas y administraciones quieren cubrir). Su precio es el salario.
  • Salario mínimo interprofesional (SMI): cantidad mínima que la ley obliga a pagar por una jornada completa, sea cual sea el sector. En 2025, 1.184 € al mes en 14 pagas.
  • Población activa: personas de 16 años o más que tienen empleo o lo buscan. Es la suma de ocupados y parados.
  • Inactivo: persona de 16 años o más que ni trabaja ni busca trabajo (estudiantes, jubilados, quienes cuidan de la casa).
  • Tasa de paro: porcentaje de parados sobre la población activa. Se publica cada trimestre con la EPA.
  • EPA (Encuesta de Población Activa): encuesta trimestral del INE a unas 65.000 viviendas con la que se calculan las tasas de actividad, empleo y paro.
  • Desempleo estructural: el que se produce cuando lo que saben hacer las personas no encaja con lo que las empresas necesitan. No lo cura el crecimiento; hace falta formación.
  • ERTE: expediente de regulación temporal de empleo. Suspensión o reducción temporal de contratos con prestación del SEPE, sin despido.
  • Contrato indefinido: contrato sin fecha de fin; desde la reforma de 2021 es la regla general en España.
  • Falso autónomo: persona dada de alta como autónoma que en realidad trabaja con dependencia y ajenidad, como un asalariado. La ley lo considera fraude.
  • Salario bruto y salario neto: el bruto es lo pactado antes de descuentos; el neto o líquido, lo que se ingresa tras restar la cotización a la Seguridad Social y la retención de IRPF.
  • Convenio colectivo: acuerdo entre sindicatos y empresas que fija las condiciones de trabajo de un sector o empresa por encima de los mínimos del Estatuto de los Trabajadores.

Para profundizar

Si la unidad os ha dejado con ganas de más, estos recursos son fiables y gratuitos:

  • INE, «EPA en un vistazo» (ine.es, sección Mercado laboral). Por qué encaja: la nota de prensa trimestral de la EPA trae las tres tasas, el paro juvenil y la temporalidad en dos páginas; leer la del último trimestre es la mejor forma de comprobar los datos de esta unidad.
  • SEPE, «Guía de contratos» (sepe.es). Por qué encaja: el documento oficial, actualizado cada año, con todos los contratos vigentes, sus requisitos y sus bonificaciones. Es lo que consulta cualquier empresa antes de contratar; conviene que quien va a ser contratado lo conozca también.
  • Portal de la Seguridad Social, «Vida laboral» e Import@ss (seg-social.es). Por qué encaja: permite descargar el informe de vida laboral y ver las bases de cotización; es la forma directa de comprobar que la empresa cotiza por ti lo que dice tu nómina.
  • Estatuto de los Trabajadores en el BOE (boe.es, texto consolidado del Real Decreto Legislativo 2/2015). Por qué encaja: los artículos 4, 5, 6, 7, 14, 29, 34 y 38 son cortos y se entienden sin ser jurista; leer el 38 antes de tu primer verano trabajando vale más que muchos consejos.

Preguntas para reflexionar

Estas preguntas no tienen una respuesta única. Sirven para debatir en clase o pensar a solas al cerrar la unidad:

  1. El SMI ha subido un 61 % desde 2018 y el empleo total ha crecido, pero algunos estudios encuentran menos contratación entre los jóvenes con poca experiencia. Si tuvierais que fijar el SMI de 2026, ¿qué dato miraríais primero y por qué? ¿Cambiaría vuestra respuesta si fuerais quien busca su primer empleo?
  2. Una persona de vuestra edad que trabaja dos horas los sábados es «ocupada» para la EPA, y otra que ha dejado de buscar por desánimo es «inactiva». ¿Os parece que la tasa de paro mide bien lo que queremos saber? ¿Qué otra cifra pediríais que se publicara junto a ella?
  3. Un falso autónomo cobra algo más en mano a cambio de no cotizar. ¿Por qué creéis que mucha gente acepta el trato aunque le perjudique a largo plazo? ¿Debería la ley dejar que cada persona elija, o tiene razón al presumir que la relación es laboral aunque las dos partes digan lo contrario?

Bibliografía

  1. España. Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria. BOE núm. 76. (Competencia específica 6: comprender aspectos básicos de la economía y las finanzas.)
  2. España. Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. BOE núm. 255. Texto consolidado en https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11430
  3. España. Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo. BOE núm. 313. Y Real Decreto-ley 9/2021, de 11 de mayo, sobre los derechos laborales de las personas dedicadas al reparto en el ámbito de plataformas digitales (Ley Rider). BOE núm. 113.
  4. España. Real Decreto 87/2025, de 11 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2025. BOE núm. 37.
  5. Tribunal Supremo, Sala de lo Social (Pleno). Sentencia 805/2020, de 25 de septiembre de 2020 (recurso 4746/2019), sobre la laboralidad de los repartidores de Glovo. https://www.poderjudicial.es
  6. Instituto Nacional de Estadística. Encuesta de Población Activa, notas de prensa trimestrales (primer trimestre de 2013; tercer trimestre de 2020; segundo trimestre de 2025) y Encuesta de Estructura Salarial 2023. https://www.ine.es
  7. Banco de España. Barceló, C., Izquierdo, M., Lacuesta, A., Puente, S., Regil, A. y Villanueva, E. (2021). Los efectos del salario mínimo interprofesional en el empleo: nueva evidencia para España. Documento Ocasional n.º 2113. https://www.bde.es
  8. Servicio Público de Empleo Estatal. Guía de contratos y Prestaciones por desempleo: requisitos y cuantías (2025). https://www.sepe.es
Mirar fora · U5
Libro

Por cuatro duros: cómo (no) apañárselas en Estados Unidos

Barbara Ehrenreich · Capitán Swing, 2014

Una periodista se pasa un año trabajando de camarera, limpiadora y dependienta cobrando el salario mínimo, y cuenta lo que da y lo que no da de sí. Es la mejor forma de entender qué significa de verdad un salario bajo, un contrato precario y una jornada que no se registra.

Introducción y capítulo 1, «Sirviendo en Florida»

Cuenta · Podcast · Web

@empleo_SEPE

X / Twitter · cuenta oficial del SEPE

Publica cada mes el paro registrado, explica en hilos qué requisitos tiene la prestación por desempleo y avisa de los plazos de la Garantía Juvenil. Es la fuente, no un intermediario, y responde a preguntas concretas.

Actividad · 20-30 min

Traduce una oferta de empleo

Busca en un portal de empleo (Infojobs, LinkedIn, la web del SEPE) una oferta real para un puesto que podrías ocupar en unos años. Anota: tipo de contrato, jornada, salario (¿bruto o neto?, ¿en cuántas pagas?), convenio si lo cita y periodo de prueba. Con la calculadora de nómina, traduce el salario a lo que ingresarías cada mes. Trae la oferta y tu cálculo.

Tus apuntes

Notas de esta unidad

Anota lo que quieras recordar de «El mercado de trabajo: contratos, nómina y desempleo». Se guarda solo en este dispositivo.

Guardado

Para el aula

Debates

Proyectos interdisciplinares

Repaso en clase Repasa esta unidad con Cajút El profe elige Eco 4ESO · Unidad 5 y los alumnos responden desde el móvil.