Tiempo estimado de lectura: 35-40 min · Saberes LOMLOE: B.4 · Pre-requisitos: Unidades 4 y 5 (mercado, equilibrio, elasticidad y excedentes).
Al acabar esta unidad sabrás:
- Definir qué es un fallo de mercado y enumerar los cuatro tipos canónicos (externalidades, bienes públicos, información asimétrica, poder de mercado).
- Identificar externalidades positivas y negativas y proponer instrumentos correctores (impuestos pigouvianos, subvenciones, regulación, mercados de derechos).
- Clasificar los bienes en la matriz rivalidad × exclusión y explicar el problema del polizón y la tragedia de los comunes.
- Distinguir selección adversa de riesgo moral en mercados con información asimétrica y argumentar cuándo conviene (o no) la intervención pública.
Las dos unidades anteriores nos han mostrado un mercado que funciona razonablemente bien. Oferta y demanda se cruzan, los precios transmiten información, los recursos fluyen hacia sus usos más valorados y la elasticidad ayuda a anticipar los efectos de un cambio impositivo o de una subida de costes. Es la versión del mercado que Adam Smith celebraba en 1776 con la metáfora de la mano invisible: nadie coordina, y sin embargo la coordinación ocurre.
Esta unidad estudia el reverso. Hay situaciones —numerosas, importantes, cotidianas— en las que el mercado, dejado a sí mismo, no alcanza el resultado eficiente. Producimos más contaminación de la que querríamos colectivamente, menos investigación básica de la que sería rentable a largo plazo, demasiados seguros para sanos y pocos para enfermos, demasiada concentración de poder en algunas plataformas digitales. La economía llama a esos huecos fallos de mercado, y son la principal justificación técnica de la intervención pública en la economía.
Conviene aclarar una cosa desde el principio. Hablar de fallo de mercado no es un juicio ideológico contra el mercado; es un diagnóstico técnico que identifica los supuestos bajo los cuales el modelo competitivo perfecto deja de cumplirse. Reconocer un fallo tampoco implica que el Estado deba intervenir automáticamente: la intervención también tiene costes, sesgos y efectos no deseados, como veremos en el último apartado.
¿Qué es un fallo de mercado?
Un fallo de mercado es una situación en la que la asignación de recursos resultante de la interacción libre de oferta y demanda no es eficiente en el sentido de Pareto. Recordamos de la Unidad 5 que una asignación es eficiente en sentido de Pareto cuando no es posible mejorar la situación de alguien sin empeorar la de otro; un fallo de mercado describe asignaciones en las que sí existen mejoras mutuamente beneficiosas que el mercado no logra implementar por sí solo.
Los cuatro grandes tipos de fallo, reconocidos desde mediados del siglo XX por la teoría económica del bienestar (Pigou, Samuelson, Arrow), son los siguientes:
- Externalidades: la actividad de un agente genera costes o beneficios sobre terceros que no participan de la transacción y que no se reflejan en el precio.
- Bienes públicos: bienes cuyo consumo no es rival ni excluible, lo que provoca infrasuministro privado.
- Información asimétrica: una de las partes de la transacción dispone de información relevante que la otra no tiene, distorsionando el equilibrio.
- Poder de mercado: un número reducido de agentes con capacidad de fijar el precio rompe el supuesto de competencia perfecta.
Hay además un quinto fallo que algunos manuales tratan aparte —los ciclos macroeconómicos y el desempleo involuntario— y que se estudiará dentro del Bloque C cuando entremos en macroeconomía. La distribución desigual de la renta, por su parte, no es un fallo de mercado en sentido estricto (un mercado puede ser eficiente y desigual a la vez), pero sí una motivación complementaria para la intervención pública que abordaremos en el Bloque D.
Conviene retener desde ya una distinción importante. Algunos fallos —externalidades, bienes públicos— son fallos de asignación: la cantidad producida del bien está sistemáticamente desviada del óptimo social. Otros —información asimétrica, poder de mercado— son fallos de funcionamiento: incluso cuando la cantidad agregada se aproxima al óptimo, el mecanismo mediante el cual se llega allí no es competitivo y genera transferencias de renta indebidas o exclusiones injustificadas. Los dos justifican intervención pública, pero los instrumentos correctores son distintos.
Externalidades
Una externalidad es un efecto —positivo o negativo— que la actividad de un agente económico produce sobre terceros que no participan en la transacción y que no se refleja en el precio. La fábrica que contamina el río, el vecino que pone música a las dos de la mañana, la persona que se vacuna y reduce la circulación de un virus, el inquilino que reforma el portal: todos generan efectos sobre otros que el mercado, por sí solo, no factura.
El concepto fue formalizado por el economista británico Arthur Cecil Pigou en The Economics of Welfare (1920). Pigou distinguía entre el coste privado (lo que paga quien produce) y el coste social (lo que paga la sociedad en su conjunto, incluyendo a los terceros afectados). Cuando ambos no coinciden, el mercado produce demasiado del bien con externalidad negativa y demasiado poco del bien con externalidad positiva.
Externalidades negativas
Son las más visibles y políticamente urgentes. La fábrica que emite CO₂ a la atmósfera no paga el coste climático que sus emisiones causan a la humanidad; ese coste se reparte entre todos. El resultado: como el coste privado es menor que el social, la empresa produce más de lo eficiente. Ejemplos cotidianos:
- Contaminación industrial y atmosférica. Emisiones de gases, vertidos, ruido, residuos.
- Congestión del tráfico. Cada coche que entra en la M-30 madrileña en hora punta no solo paga su gasolina: impone tiempo perdido al resto de conductores.
- Resistencia a antibióticos. El uso indiscriminado de antibióticos en ganadería o medicina genera cepas resistentes que perjudican a futuros pacientes.
- Ruido nocturno del ocio en barrios residenciales.
Externalidades positivas
Existen también externalidades positivas: actividades cuyo beneficio social excede el beneficio privado de quien las realiza. Sin intervención, el mercado las infraproducirá:
- Vacunación. Quien se vacuna se protege a sí mismo y además reduce la circulación del patógeno; ese beneficio para terceros no entra en su decisión.
- Educación. Una población más formada eleva la productividad agregada, reduce la criminalidad y enriquece el debate democrático: beneficios que escapan a quien estudia.
- Investigación básica. Quien financia investigación sobre un nuevo material no se apropiará de todos sus usos futuros.
- Mantenimiento de un edificio histórico que da carácter a una calle entera.
Instrumentos correctores: Pigou y Coase
La economía dispone de tres grandes familias de instrumentos para corregir externalidades.
Impuestos pigouvianos y subvenciones. Propuestos por Pigou (1920): se grava la actividad con externalidad negativa con un impuesto igual al daño marginal causado a terceros, y se subvenciona la actividad con externalidad positiva por el beneficio marginal que reporta. El precio de mercado, así corregido, vuelve a reflejar el coste o beneficio social y la cantidad producida se ajusta al óptimo. Ejemplos en España: el impuesto al CO₂ en hidrocarburos, los impuestos especiales sobre tabaco y alcohol, las subvenciones al transporte público o a la rehabilitación energética.
Regulación directa (normas y prohibiciones). El Estado fija un límite cuantitativo: emisiones máximas, prohibiciones de vertido, estándares de eficiencia obligatoria para vehículos o electrodomésticos. Es la herramienta más usada históricamente y la más fácil de comunicar, pero ignora que distintos agentes tienen distintos costes de reducción: una norma uniforme puede ser muy ineficiente comparada con un impuesto bien calibrado.
Mercados de derechos de emisión. Solución propuesta por el economista Ronald Coase en The Problem of Social Cost (1960), que le valió el Nobel en 1991. La idea: si los derechos de propiedad sobre el medio (el aire, el agua) están claramente asignados, las partes pueden negociar y alcanzar el resultado eficiente sin necesidad de intervención adicional. El EU ETS (Emissions Trading System) europeo funciona así desde 2005: la UE fija un techo de emisiones, reparte derechos a las empresas industriales y eléctricas, y permite que los compren y vendan entre ellas. Quien puede reducir emisiones barato lo hace y vende el derecho sobrante; quien tiene costes altos compra derechos. El precio del derecho de emisión, tras el pico de 90-100 €/tCO₂ alcanzado en 2023, se ha relajado en 2025-2026 a un rango de 65-75 €/tCO₂ debido a la incorporación del sector marítimo al esquema y a la mayor oferta de derechos; internaliza así parcialmente el coste climático.
La diferencia práctica entre un impuesto pigouviano y un mercado de derechos es sutil pero relevante. El impuesto fija el precio del daño y deja que el mercado determine la cantidad emitida; el sistema de derechos fija la cantidad total y deja que el mercado determine el precio. Si el objetivo prioritario es respetar un techo climático ineludible (por ejemplo, no superar 1,5 °C), el sistema de derechos da más seguridad sobre el resultado físico. Si el objetivo prioritario es proteger a la industria de subidas bruscas de costes, el impuesto da más previsibilidad sobre el coste. La decisión entre uno y otro es, por tanto, técnica y política a la vez.
Bienes públicos y bienes comunes
El segundo gran fallo de mercado nace de las propiedades físicas de algunos bienes. El economista Paul Samuelson formalizó la teoría de los bienes públicos en The Pure Theory of Public Expenditure (1954) con dos criterios técnicos.
- Rivalidad. Un bien es rival si el consumo por una persona impide o reduce el consumo de otra. Una manzana es rival (si me la como, tú no puedes); una emisión de radio no lo es (que tú la escuches no me priva a mí).
- Exclusión. Un bien es excluible si es posible impedir a alguien que lo consuma. El cine es excluible mediante el control de entradas; un fuego artificial sobre la ciudad no lo es: si lo lanzan, lo ven todos los que miren al cielo.
Cruzando estos dos criterios obtenemos cuatro tipos de bienes, en una matriz que toda manual de economía pública reproduce y que la politóloga Elinor Ostrom (Nobel 2009) popularizó como herramienta de análisis institucional:
| Excluible | No excluible | |
|---|---|---|
| Rival | Bien privado | Bien común (commons) |
| No rival | Bien de club | Bien público puro |
Las cuatro casillas
Bien privado. Rival y excluible. El caso estándar del mercado: una manzana, un corte de pelo, una hora de trabajo. El mercado los asigna habitualmente con eficiencia y no necesita corrección.
Bien de club. No rival pero excluible. Una vez producido, mucha gente puede consumirlo sin estorbarse, pero se puede cobrar entrada: Netflix, una piscina municipal con abono, un programa informático con licencia, una autopista de peaje. El mercado puede producirlos, aunque a veces con infraproducción si el coste fijo es muy alto.
Bien común (common-pool resource). Rival pero no excluible. El pastizal comunal donde varios ganaderos llevan sus vacas, el caladero de pesca, el agua de un acuífero compartido, los suelos forestales. La rivalidad genera tensión (lo que tú consumes ya no puedo consumirlo yo), pero al no haber exclusión nadie se siente propietario y todos sobreexplotan. Es el problema clásico de la tragedia de los comunes.
Bien público puro. Ni rival ni excluible. El ejemplo de manual es la defensa nacional: si el ejército protege el territorio, protege a todos los habitantes sin que el coste marginal de añadir un beneficiario sea positivo, y no se puede excluir del beneficio a quien no pague impuestos. Otros: el alumbrado público, un faro marítimo señalando una costa, la investigación básica una vez publicada, la estabilidad macroeconómica, el conocimiento científico abierto.
El problema del polizón (free-rider)
Los bienes públicos puros plantean un problema específico de financiación. Si pregunto a cada ciudadano cuánto está dispuesto a pagar voluntariamente por la defensa nacional, todos tienen incentivo a declarar cero y esperar a que paguen los demás: la defensa se prestará igualmente y ellos disfrutarán gratis. Es el problema del polizón o free-rider problem. Resultado predecible: el mercado privado infraproduce gravemente los bienes públicos puros, y por eso casi todos los Estados los financian con impuestos coercitivos. Pagar impuestos no es una donación: es la forma técnica de superar el problema del polizón.
Información asimétrica
El tercer gran fallo de mercado nace cuando una de las partes de una transacción dispone de información relevante que la otra no tiene. La microeconomía competitiva clásica suponía información perfecta y simétrica; en la práctica, el mundo está lleno de situaciones en las que el vendedor sabe más que el comprador (el dueño del coche usado sabe que tiene un fallo de motor) o el comprador sabe más que el vendedor (la persona que contrata un seguro de salud sabe si fuma).
El campo despegó en los años 70 con tres economistas que compartirían el Nobel en 2001: George Akerlof, Michael Spence y Joseph Stiglitz. Distinguieron dos problemas distintos según el momento en el que aparece la asimetría:
- Selección adversa: la asimetría existe antes de cerrar el contrato y afecta a quién acepta la transacción.
- Riesgo moral: la asimetría aparece después de cerrar el contrato y afecta al comportamiento de las partes una vez aseguradas.
Selección adversa: el mercado de los limones
En 1970 Akerlof publicó un artículo titulado The Market for “Lemons” (los limones eran, en jerga estadounidense, los coches usados defectuosos). El argumento, simplificado:
Imagina un mercado de coches usados con dos tipos de vehículos: la mitad buenos (valor real 10.000 €) y la mitad malos (valor real 4.000 €). Los compradores no pueden distinguirlos a simple vista; los vendedores sí saben qué tienen. Un comprador racional ofrecerá como mucho el valor esperado: 7.000 €. A ese precio, los dueños de coches buenos retiran su coche del mercado (vale más quedárselo). Solo entran al mercado los coches malos. Los compradores, al verlo, ajustan su oferta a la baja… y el mercado se hunde. La asimetría de información hace que solo se transen los limones, perjudicando incluso a los vendedores de coches buenos que querían vender de verdad.
El mismo mecanismo afecta a:
- Seguros de salud. Quien sabe que está enfermo busca seguro; quien sabe que está sano no. Si la compañía no puede distinguir, sube primas, los sanos se marchan y solo quedan enfermos pagando primas insostenibles.
- Mercado de crédito. El prestatario sabe si su proyecto es arriesgado; el banco no del todo. Si el banco sube tipos para protegerse, solo aceptan los prestatarios más arriesgados (los seguros no aceptan tipos altos), y el riesgo medio de la cartera empeora.
- Mercado laboral. Si una empresa sube el salario para atraer mejores candidatos, también atrae a candidatos sobrecualificados o desesperados; sin información adicional (currículum, prueba técnica), no puede distinguir.
¿Cómo combate el mercado la selección adversa? Mediante señalización (Spence, 1973): el agente informado emite señales costosas que solo le compensan si su tipo es bueno. El título universitario, la garantía de devolución, las revisiones técnicas obligatorias o la marca conocida funcionan como señales que reducen la asimetría. Y mediante screening o cribado: la parte desinformada diseña contratos que llevan al otro lado a revelar su tipo (un seguro con varias franquicias a elegir: el sano elige franquicia alta, el enfermo prefiere franquicia baja). Ambos mecanismos —señalización y screening— consumen recursos que en un mundo de información perfecta no harían falta, lo cual constituye precisamente la prueba del fallo de mercado: la asimetría tiene un coste real.
Riesgo moral
El riesgo moral aparece después del contrato: una vez asegurado, el comportamiento del asegurado cambia porque las consecuencias de su acción se trasladan a otro. Quien tiene seguro a todo riesgo del coche conduce con menos cuidado del que tendría si pagase de su bolsillo cualquier abolladura; el banco demasiado grande para caer asume riesgos excesivos porque sabe que, si quiebra, el Estado lo rescatará.
Mecanismos típicos de corrección:
- Franquicias y copagos en seguros: el asegurado paga los primeros 300 € de cada siniestro, manteniendo así un incentivo para evitar el daño.
- Auditorías y supervisión. En banca, la supervisión prudencial del BCE y el ratio mínimo de capital reducen el incentivo a asumir riesgos descontrolados.
- Cláusulas de exclusión. Algunas conductas (conducción bajo efectos del alcohol, deportes extremos sin declarar) están excluidas de la cobertura.
- Reputación repetida. Cuando la relación es a largo plazo, el incentivo a portarse mal disminuye.
Poder de mercado
El cuarto fallo aparece cuando una empresa, o un grupo pequeño de empresas, tiene capacidad de fijar el precio (no de aceptarlo, como en competencia perfecta). Recordamos del marco de la Unidad 4 las cuatro estructuras de mercado:
- Competencia perfecta: muchas empresas, producto homogéneo, libre entrada. El precio lo fija el mercado.
- Competencia monopolística: muchas empresas, producto diferenciado (restauración, moda). Algo de poder, pero limitado por la entrada de competidores.
- Oligopolio: pocas empresas grandes (telecomunicaciones, energía, banca, supermercados). Interdependencia estratégica.
- Monopolio: una sola empresa. Caso extremo de poder de mercado.
Cuando hay poder de mercado, la empresa con ese poder restringe la cantidad ofrecida y sube el precio por encima del coste marginal, capturando un excedente que en competencia habría correspondido al consumidor. El resultado: precios más altos, cantidades inferiores, pérdida irrecuperable de eficiencia (deadweight loss) y, a veces, freno a la innovación si el monopolista no siente la presión de la competencia.
Por qué surge el poder de mercado
Las razones son variadas y conviene distinguirlas:
- Barreras legales. Patentes (un fármaco protegido 20 años, una tecnología bajo propiedad intelectual), licencias administrativas (taxis, oficinas de farmacia), concesiones públicas (puertos, autopistas).
- Economías de escala muy grandes. Sectores donde el coste medio decrece a lo largo de toda la curva relevante; producir a gran escala es tan barato que solo cabe una empresa eficiente. Es el monopolio natural (red eléctrica, ferrocarril, agua). Aquí la solución no es romperlo en pedazos —se perdería eficiencia— sino regularlo intensamente.
- Efectos de red. Una plataforma vale más cuanto más gente la usa (WhatsApp, Visa, Google Search). Una vez la red llega a una masa crítica, los competidores tienen muy difícil entrar aunque su producto sea técnicamente mejor.
- Control de un recurso esencial. Una mina que concentra una proporción muy alta de la oferta mundial de un mineral crítico (litio, cobalto, tierras raras).
- Estrategias anticompetitivas. Acuerdos colusorios entre empresas (cárteles), abuso de posición dominante para expulsar competidores, fusiones para reducir presión competitiva.
Defensa de la competencia en España y la UE
La política pública responde con dos grandes familias de instrumentos. La primera es la regulación de sectores con monopolio natural mediante autoridades sectoriales que fijan tarifas, calidades y obligaciones de acceso a la red (CNMC en electricidad y telecomunicaciones, Banco de España para banca, CNMV para mercados de valores).
La segunda es la defensa de la competencia propiamente dicha. En España la lleva la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC); en la UE, la Dirección General de Competencia de la Comisión Europea. Sus instrumentos:
- Control de fusiones: cualquier operación grande necesita autorización previa para impedir que dos competidores se conviertan en un único actor dominante.
- Persecución de cárteles y acuerdos colusorios. Multas de hasta el 10 % de la facturación anual.
- Sanción del abuso de posición dominante, especialmente en sectores digitales.
En los últimos años la UE ha multado con miles de millones de euros a las grandes tecnológicas: 2.420 M€ a Google en 2017 por favorecer su comparador de compras; 4.340 M€ en 2018 por imponer Android a fabricantes; 1.490 M€ en 2019 por abuso en el mercado publicitario. En 2024 entró en vigor la Digital Markets Act que designa explícitamente como gatekeepers a un puñado de plataformas (Alphabet, Apple, Meta, Amazon, Microsoft, ByteDance) y les impone obligaciones específicas de interoperabilidad y no autopreferencia. Apple ha sido sancionada en 2024 con 1.840 M€ por restringir la información que los servicios musicales rivales podían dar a sus usuarios sobre alternativas más baratas fuera de la App Store, y Meta afronta en paralelo procedimientos por su modelo de pagar o aceptar publicidad personalizada. El debate no es si estas plataformas son útiles —lo son— sino si su posición de gatekeeper permite extraer rentas que en un mercado competitivo no serían sostenibles.
¿Intervenir o no intervenir? Los fallos de gobierno
Hemos visto cuatro fallos del mercado y los instrumentos correctores típicos. La conclusión cómoda sería: identificado un fallo, intervenir. La economía moderna —desde la teoría de la public choice de James Buchanan (Nobel 1986) en adelante— advierte que esa inferencia es precipitada. La intervención pública tiene también sus fallos, y a veces el remedio es peor que la enfermedad. Conviene cerrar la unidad explicitando esos fallos de gobierno.
Tipos de fallos de gobierno
- Información limitada del regulador. Para fijar un impuesto pigouviano óptimo hay que conocer el daño marginal de la externalidad. En la práctica el regulador estima esa cifra con incertidumbre considerable: puede gravar de menos (sigue habiendo externalidad) o de más (se penaliza una actividad por encima de su daño real).
- Captura del regulador. Las empresas reguladas tienen incentivo a influir sobre quien las regula (lobby, puertas giratorias, redacción técnica de las normas). El resultado: regulaciones que protegen al incumbente y dificultan la entrada de competidores nuevos.
- Rent-seeking (búsqueda de rentas). Cuando el Estado distribuye licencias, subvenciones o protecciones, los agentes dedican recursos a conseguirlas en lugar de a producir valor. Tiempo y dinero gastados en pasillos parlamentarios y despachos ministeriales que no producen ningún bien o servicio.
- Ciclo político y horizonte corto. Las decisiones de política económica se toman en marcos temporales de 4 años; los problemas estructurales (transición energética, sostenibilidad de pensiones, deuda pública) tienen horizontes de 20-40 años. El sesgo cortoplacista del ciclo electoral es real y documentado.
- Burocracia y costes administrativos. Cumplir con regulaciones complejas tiene un coste fijo que recae proporcionalmente más sobre la pyme que sobre la gran empresa, distorsionando la competencia en el sentido contrario al deseado.
Ejemplos cotidianos de fallo de gobierno
Tres casos clásicos que ilustran cómo una intervención bienintencionada puede generar más distorsión que la que pretendía corregir.
- Control de alquileres mal diseñado. Pensado para proteger a los inquilinos en zonas tensionadas, congela los precios por debajo del equilibrio, reduce la oferta de pisos en alquiler (los dueños los retiran o los pasan a temporada), envejece el parque por falta de incentivos a reformar y desplaza el ajuste hacia el mercado informal. La literatura empírica reciente sobre Berlín, Estocolmo y San Francisco es bastante consistente en este diagnóstico.
- Subvenciones agrícolas mantenidas durante décadas que beneficiaron sobre todo a las explotaciones más grandes y profesionalizadas, mientras se justificaban en el discurso por proteger al pequeño agricultor familiar. Es el patrón típico de captura por el regulado.
- Licencias administrativas heredadas (taxis con licencia previa al sistema VTC, oficinas de farmacia con distancias mínimas, notarías con concurso restringido) que protegen rentas instaladas sin generar a cambio una mejora proporcional de calidad o seguridad del servicio para el consumidor.
El criterio práctico
La conclusión metodológica del análisis económico moderno es modesta y honesta: la intervención pública se justifica solo cuando se cumplen, de forma simultánea, tres condiciones.
Cuándo está justificada una intervención pública
- Hay un fallo de mercado identificado y cuantificado. No basta con que algo no nos guste; hay que demostrar que el mercado, dejado solo, produce un resultado ineficiente. La cuantificación es importante: ¿cuán grande es la pérdida de bienestar por el fallo?
- Existe un instrumento de intervención factible cuyo coste esperado es menor que el daño del fallo. Un impuesto, una subvención, una regulación, un mercado de derechos. El instrumento debe poder implementarse con la capacidad administrativa real del país, no solo en el papel.
- El riesgo de fallo de gobierno (captura, información limitada, rent-seeking) es razonablemente menor que el fallo de mercado que se quiere corregir. Si la intervención va a generar un fallo mayor, mejor convivir con el fallo original.
Este marco de tres condiciones es lo que en política económica se llama el enfoque comparativo institucional: no comparamos el mercado real con un Estado idealizado, ni el Estado real con un mercado idealizado, sino instituciones reales con instituciones reales. La decisión final raramente es intervenir o no intervenir; suele ser qué grado, qué instrumento y qué nivel de gobierno.
Glosario
- Fallo de mercado: situación en la que la interacción libre de oferta y demanda no logra una asignación eficiente de los recursos.
- Externalidad: efecto (positivo o negativo) que la actividad de un agente produce sobre terceros y que no se refleja en el precio.
- Coste privado vs coste social: lo que paga quien produce frente a lo que soporta toda la sociedad incluyendo a los afectados. Su divergencia genera la externalidad.
- Impuesto pigouviano: impuesto igual al daño marginal de una externalidad negativa, que internaliza el coste social en el precio.
- Teorema de Coase: si los derechos de propiedad están bien definidos y los costes de transacción son bajos, las partes negocian hasta la asignación eficiente sin intervención.
- Bien público puro: bien no rival y no excluible (defensa, alumbrado, faro). El mercado lo infraproduce.
- Bien común (common-pool resource): bien rival pero no excluible (pesquerías, acuíferos); propenso a la sobreexplotación.
- Problema del polizón (free-rider): incentivo a disfrutar de un bien público sin pagar por él, esperando que paguen los demás.
- Tragedia de los comunes: sobreexplotación de un recurso común cuando nadie tiene incentivo individual a conservarlo (Hardin); evitable con buenas reglas (Ostrom).
- Información asimétrica: una parte de la transacción dispone de información relevante que la otra no tiene.
- Selección adversa: distorsión que aparece antes del contrato porque la asimetría afecta a quién acepta la transacción (mercado de los limones).
- Riesgo moral: cambio de comportamiento después del contrato porque las consecuencias se trasladan a otro (seguro a todo riesgo, too big to fail).
- Poder de mercado: capacidad de una empresa de fijar el precio por encima del coste marginal sin perder toda su demanda.
- Fallo de gobierno: ineficiencia generada por la propia intervención pública (captura del regulador, rent-seeking, información limitada, cortoplacismo).
Para profundizar
Si esta unidad te ha interesado, aquí van algunas lecturas y recursos para ir más allá:
- El gobierno de los bienes comunes — Elinor Ostrom (Governing the Commons, 1990, ed. española FCE). Por qué encaja: la obra que le valió el Nobel; desmonta la idea de que la tragedia de los comunes solo se resuelve privatizando o estatalizando, con casos reales como el regadío valenciano.
- The Market for “Lemons” — George A. Akerlof (QJE, 1970). Por qué encaja: un artículo corto y legible que fundó toda la economía de la información; muestra cómo la asimetría puede hundir un mercado entero.
- El malestar en la globalización — Joseph E. Stiglitz (2002). Por qué encaja: aplica la teoría de la información asimétrica y los fallos de mercado a casos macroeconómicos y de política internacional, en lenguaje divulgativo.
- Externalities & Public Goods — serie Marginal Revolution University. Por qué encaja: vídeos cortos que ilustran externalidades, bienes públicos y el teorema de Coase con animaciones claras. Acceso libre en mru.org.
- Annual Report on Competition Policy — Comisión Europea, DG Competition (último año). Por qué encaja: los casos reales de multas a las grandes tecnológicas y la aplicación de la Digital Markets Act permiten discutir poder de mercado con ejemplos actuales.
Preguntas para reflexionar
Estas preguntas no tienen una respuesta única. Sirven para discutir en clase o para pensar individualmente al cerrar la unidad:
- ¿Por qué un impuesto pigouviano «bien calibrado» es tan difícil de fijar en la práctica? ¿Cómo se estima el daño marginal del CO₂, del ruido o del azúcar, y qué pasa si el regulador se equivoca por exceso o por defecto?
- Ostrom demostró que las comunidades pueden gobernar bienes comunes sin privatizarlos ni estatalizarlos. ¿Qué ejemplos cercanos (un grupo de WhatsApp de vecinos, una biblioteca, una huerta urbana) funcionan con sus principios? ¿Por qué unos sí y otros no?
- La defensa de la competencia «no protege a los competidores, sino al proceso competitivo». ¿Qué diferencia hay entre las dos cosas? ¿Puede una multa a una gran tecnológica acabar perjudicando al consumidor que la usa gratis?
Bibliografía
- Pigou, A. C. (1920). The Economics of Welfare. Macmillan.
- Samuelson, P. A. (1954). The Pure Theory of Public Expenditure. Review of Economics and Statistics, 36(4), 387-389.
- Coase, R. H. (1960). The Problem of Social Cost. Journal of Law and Economics, 3, 1-44.
- Hardin, G. (1968). The Tragedy of the Commons. Science, 162(3859), 1243-1248.
- Akerlof, G. A. (1970). The Market for “Lemons”: Quality Uncertainty and the Market Mechanism. Quarterly Journal of Economics, 84(3), 488-500.
- Spence, M. (1973). Job Market Signaling. Quarterly Journal of Economics, 87(3), 355-374.
- Stiglitz, J. E. y Weiss, A. (1981). Credit Rationing in Markets with Imperfect Information. American Economic Review, 71(3), 393-410.
- Ostrom, E. (1990). Governing the Commons: The Evolution of Institutions for Collective Action. Cambridge University Press.
- Buchanan, J. M. y Tullock, G. (1962). The Calculus of Consent: Logical Foundations of Constitutional Democracy. University of Michigan Press.
- Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Memorias anuales 2020-2024. https://www.cnmc.es
- European Commission, DG Competition (2024). Annual Report on Competition Policy.
- Reglamento (UE) 2022/1925, Digital Markets Act, DOUE L 265/1.
Notas de esta unidad
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